...ACUERDOS

Acuerdos de Alcance Parcial - Complementación Económica
AAP.CE 5
-Decimoquinto Protocolo Modificatorio. Anexo IV. (Rectificado)

Síntesis:
Fecha de suscripción
Disposiciones de internalización



ANEXO IV AL DECIMOQUINTO PROTOCOLO ADICIONAL AL ACUERDO DE COMPLEMENTACIÓN ECONÓMICA N° 5


ANEXO IV

REQUISITOS ESPECIFICOS DE ORIGEN

NOTAS


(1) Los requisitos específicos de origen correspondientes a los ítem arancelarios señalados con un asterisco (*) serán revisados en un plazo de 90 días a partir de la fecha de la firma del Decimoquinto Protocolo Modificatorio al Acuerdo de Complementación Económica Nº 5.

(2) Para los siguientes ítem arancelarios se establece un plazo de 90 días a partir de la fecha de la firma del Decimoquinto Protocolo Modificatorio al Acuerdo de Complementación Económica Nº 5, a los efectos de establecerles un requisito específico de origen:
              2914.13 a 2914.19
              3701.20
              3702.20
              8471.30 a 8471.41
              8471.49
              8517.11 a 8517.19
              8517.22 a 8517.30
              8517.50
              8517.80
              8517.90
              8529.90
              8540
              9009.12
              9009.90


            (3) Se incorporan nuevos requisitos específicos de origen que figuran en el listado con dos asteriscos (**).

            (4) El Sistema Armonizado autoriza la permuta del término que precede al paréntesis por alguno de los que figura dentro de éste.

            ______________


            REQUISITOS ESPECIFICOS DE ORIGEN
            NALADISA 96
            DESCRIPCION
            REQUISITO ESPECIFICO
            0402Leche y nata (crema), concentradas o con adición
            de azúcar u otro edulcorante.
            0402.10.00En polvo, gránulos o demás formas sólidas, con un
            contenido de materias grasas inferior o igual al
            1,5% en peso
            Obs: LecheLeche de los países participantes
            0402.2En polvo, gránulos o demás formas sólidas, con un
            contenido de materias grasas superior al 1,5% en
            peso:
            0402.21Sin adición de azúcar ni otro edulcorante
            0402.21.10LecheLeche de los países participantes
            0402.29Las demás
            0402.29.10LecheLeche de los países participantes
            0402.9Las demás:
            0402.91Sin adición de azúcar ni otro edulcorante
            0402.91.10LecheLeche de los países participantes
            0402.99Las demás
            0402.99.10LecheLeche y azúcar de los países participantes
            0405Mantequilla (manteca) y demás materias grasas de
            la leche; pastas lácteas para untar.
            0405.10.00Mantequilla (manteca)Leche de los países participantes
            0406Quesos y requesón.
            0406.10Queso fresco (sin madurar)
            lactosuero, y requesón
            0406.10.10RequesónLeche de los países participantes
            0406.10.90Los demásLeche de los países participantes
            0406.20.00Queso de cualquier tipo, rallado o en polvoLeche de los países participantes
            0406.30.00Queso fundido, excepto el rallado o en polvoLeche de los países participantes
            0406.40.00Queso de pasta azulLeche de los países participantes
            0406.90.00Los demás quesosLeche de los países participantes
            **0710Hortalizas (incluso silvestres), aunque estén cocidas en agua o vapor, congeladas.
            **0710.10.00Papas (patatas)4Legumbres y hortalizas de los países signatarios
            Hortalizas (incluso silvestres) de vaina, incluso desvainadas:Legumbres y hortalizas de los países signatarios
            **0710.21.00Arvejas (chícharos, guisantes)4 (Pisum sativum)Legumbres y hortalizas de los países signatarios
            **0710.22.00Porotos (frijoles, fréjoles, alubias, judías)4 (Vigna spp., Phaseolus spp.)Legumbres y hortalizas de los países signatarios
            **0710.29.00Las demásLegumbres y hortalizas de los países signatarios
            **0710.30.00Espinacas (incluida la de Nueva Zelanda) y armuellesLegumbres y hortalizas de los países signatarios
            **0710.40.00Maíz dulceLegumbres y hortalizas de los países signatarios
            **0710.80Las demás hortalizas
            **0710.80.10EspárragosLegumbres y hortalizas de los países signatarios
            **0710.80.20Remolachas (betarragas)Legumbres y hortalizas de los países signatarios
            **0710.80.30Frutos de los géneros Capsicum o PimentaLegumbres y hortalizas de los países signatarios
            **0710.80.90Las demásLegumbres y hortalizas de los países signatarios
            **0710.90.00Mezclas de hortalizasLegumbres y hortalizas de los países signatarios
            **0711Hortalizas (incluso silvestres) conservadas provisionalmente (por ejemplo: con gas sulfuroso o con agua salada, sulfurosa o adicionada de otras sustancias para asegurar dicha conservación), pero todavía impropias para consumo inmediato.
            **0711.10.00CebollasLegumbres y hortalizas de los países signatarios
            **0711.20.00AceitunasLegumbres y hortalizas de los países signatarios
            **0711.30.00AlcaparrasLegumbres y hortalizas de los países signatarios
            **0711.40.00Pepinos y pepinillosLegumbres y hortalizas de los países signatarios
            **0711.90Las demás hortalizas (incluso silvestres); mezclas de hortalizas (incluso silvestres)
            **0711.90.1Las demás hortalizas (incluso silvestres):
            **0711.90.11TomatesLegumbres y hortalizas de los países signatarios
            **0711.90.12ZanahoriasLegumbres y hortalizas de los países signatarios
            **0711.90.19Las demásLegumbres y hortalizas de los países signatarios
            **0711.90.20Mezclas de hortalizas (incluso silvestres)Legumbres y hortalizas de los países signatarios
            **0901Café, incluso tostado o descafeinado; cáscara y cascarilla de café; sucedáneos del café que contengan café en cualquier proporción.
            Café sin tostar:
            **0901.11Sin descafeinar
            **0901.11.10En granoCafé de los países signatarios
            **0901.11.90Los demásCafé de los países signatarios
            **0901.12.00DescafeinadoCafé de los países signatarios
            Café tostado:
            **0901.21.00Sin descafeinarCafé de los países signatarios
            **0901.22.00DescafeinadoCafé de los países signatarios
            **0901.90.00Los demásCafé de los países signatarios
            1101.00.00Harina de trigo o de morcajo (tranquillón)Trigo o morcajo de los países participantes
            1104.1Granos aplastados o en copos:
            1104.12.00De avenaAvena de los países participantes
            Obs.: Aplastada (rollada)
            1104.2Los demás granos trabajados (por ejemplo:
            mondados, perlados, troceados o quebrantados)
            1104.21.00De cebadaCebada de los países participantes
            Obs.: Descascarada, perlada
            1104.22.00De avenaAvena de los países participantes
            Obs.:Descascarada
            1106Harina, sémola y polvo de las hortalizas (incluso
            silvestres) de la partida 07.13, de sagú o de
            las raíces o tubérculos de la partida 07.14 o
            de los productos del Capítulo 8.
            1106.30.00De los productos del Capítulo 8
            Obs.: Harina y polvo de plátanos (polvo de bananoBanano o plátano de los países participantes
            y banano soluble)
            1107Malta (de cebada u otros cereales)
            tostada.
            1107.10.00Sin tostarCebada de los países participantes
            Obs.: Cebada malteada en grano, inclusive la
            cebada cervecera
            1107.20.00TostadaCebada de los países participantes
            Obs.: Cebada malteada en grano, inclusive la
            cebada cervecera
            1108Almidón y fécula; inulina.
            1108.1Almidón y fécula:
            1108.12.00Almidón de maízMaíz de los países participantes
            1108.14.00Fécula de mandioca (yuca)Mandioca de los países participantes
            1302.1Jugos y extractos vegetales:
            1302.11.00OpioOpio de los países participantes
            1302.12.00De regalizRegaliz de los países participantes
            1302.13.00De lúpuloLúpulo de los países participantes
            1302.14De piretro (pelitre) o de raíces que contengan
            Rotenona
            1302.14.10De piretro (pelitre)Piretro de los países participantes
            1302.14.90Los demásRaíces que contengan rotenona de los países participantes
            1302.19Los demás
            1302.19.20De cáscara de nuez de "cajú" (merey, cajuil,Cáscara de nuez de cajú de los
            anacardo, marañón)países participantes
            1302.19.90Los demásVegetales de los países participantes
            1302.20Materias pécticas, pectinatos y pectatos
            1302.20.10Materias pécticas (pectinas)Frutas de los países participantes
            1302.3Mucílagos y espesativos derivados de los
            vegetales, incluso modificados:
            1302.31.00Agar-agarAlgas marinas de los países participantes
            1501.00.1Grasa de cerdo (incluida la manteca de cerdo)
            excepto las de huesos o desperdicios:
            1501.00.11Manteca de cerdo fundidaCerdos de los países participantes
            1504.10Aceites de hígado de pescado y sus fracciones
            1504.10.1De hígado de bacalao:
            1504.10.11Aceite en brutoBacalao de los países participantes
            1504.10.19Los demásBacalao de los países participantes
            Obs.: Refinado
            1504.10.9Los demás:
            1504.10.91Aceite en brutoPescados de los países participantes
            1504.10.99Los demásPescados de los países participantes
            Obs.: Refinado
            1504.20Grasas y aceites de pescado y sus fracciones,
            excepto los aceites de hígado
            1504.20.10Grasas y aceites en brutoPescados de los países participantes
            Obs.: Aceites
            1504.20.90Los demásPescados de los países participantes
            Obs.: Aceites refinados
            1504.30Grasas y aceites de mamíferos marinos y sus
            fracciones
            1504.30.1De ballena:
            1504.30.11Grasas y aceites en brutoBallena de los países participantes
            Obs.: Aceite
            1504.30.19Los demásBallena de los países participantes
            Obs.: Aceite refinado
            1504.30.9Los demás:
            1504.30.91Grasas y aceites en brutoCachalote y demás mamíferos marinos
            Obs.: Aceites de cachalote y demás mamíferosde los países participantes
            marinos
            1504.30.99Los demásCachalote y demás mamíferos marinos
            Obs.: Aceites de cachalote y demás mamíferosde los países participantes
            marinos, refinados
            1505.90.10LanolinaLana de los países participantes
            1506.00.10Aceite de pie de bueyBovinos de los países participantes
            1507Aceite de soja (soya) y sus fracciones, incluso
            refinado, pero sin modificar químicamente.
            1507.10.00Aceite en bruto, incluso desgomadoSoya de los países participantes
            1508Aceite de maní (cacahuate, cacahuete)
            fracciones, incluso refinado, pero sin modificar
            químicamente.
            1508.10.00Aceite en brutoCacahuate o maní de los países participantes
            1509Aceite de oliva y sus fracciones, incluso
            refinado, pero sin modificar químicamente.
            1509.10.00VirgenOliva de los países participantes
            1509.90.00Los demásOliva de los países participantes
            Obs.: Refinado
            1511Aceite de palma y sus fracciones, incluso
            refinado, pero sin modificar químicamente.
            1511.10.00Aceite en brutoPalma de los países participantes
            1511.90.00Los demásPalma de los países participantes
            Obs.: Refinado
            1512.1Aceites de girasol o cártamo, y sus fracciones:
            1512.11Aceite en bruto
            1512.11.10De girasolGirasol de los países participantes
            1512.19Los demás
            1512.19.10De girasolGirasol de los países participantes
            Obs.: Refinado
            1512.2Aceite de algodón y sus fracciones:
            1512.21.00Aceite en bruto, incluso sin gosipolAlgodón de los países participantes
            1512.29.00Los demásAlgodón de los países participantes
            Obs.: Refinado
            1513.1Aceite de coco (de copra)
            1513.11.00Aceite en brutoCoco de los países participantes
            1513.19.00Los demásCoco de los países participantes
            Obs.: Refinado
            1513.2Aceites de almendra de palma o de babasú, y sus
            fracciones:
            1513.21Aceites en bruto
            1513.21.10De almendra de palmaAlmendras de palma o del fruto de la
            palma o cocotero de los países participantes
            1513.21.20De babasúBabasú de los países participantes
            1513.29Los demás
            1513.29.10De almendra de palmaAlmendras de palma o del fruto de la
            Obs.: Refinadopalma o cocotero de los países participantes
            1513.29.20De babasúBabasú de los países participantes
            Obs.: Refinado
            1515.1Aceite de lino (de linaza)
            1515.11.00Aceite en brutoLino de los países participantes
            1515.30Aceite de ricino y sus fracciones
            1515.30.10Aceite en brutoRicino de los países participantes
            1515.30.90Los demásRicino de los países participantes
            Obs.: Refinado
            1515.40Aceite de tung y sus fracciones
            1515.40.10Aceite en brutoTung de los países participantes
            1515.40.90Los demásTung de los países participantes
            Obs.: Refinado
            1515.50Aceite de sésamo (ajonjolí)
            1515.50.10Aceite en brutoAjonjolí o sésamo de los países participantes
            1515.50.90Los demásAjonjolí o sésamo de los países participantes
            Obs.: Refinado
            1515.90.1Aceite de oiticica (Licania rígida)
            fracciones:
            1515.90.11Aceite en brutoOiticica de los países participantes
            1515.90.19Los demásOiticica de los países participantes
            Obs.: Refinado
            1518.00.00Grasas y aceites, animales o vegetales, y sus
            fracciones, cocidos, oxidados, deshidratados,
            sulfurados, soplados, polimerizados por calor en
            vacío o atmósfera inerte ("estandolizados")
            modificados químicamente de otra forma, excepto
            los de la partida 15.16; mezclas o prepara-
            ciones no alimenticias de grasas o de aceites,
            animales o vegetales, o de fracciones de
            diferentes grasas o aceites de este Capítulo, no
            expresadas ni comprendidas en otra parte.
            Obs.: Aceites cocidos, oxidados y "estandolizados"Animales o vegetales de los países participantes
            1520.00.10Glicerol en brutoGrasas y aceites de los países participantes
            Obs.: Glicerina
            1602Las demás preparaciones y conservas de carne,
            despojos o sangre.
            1602.50.00De la especie bovina
            Obs.: Lenguas de vacuno preparadas y conservadasGanado vacuno de los países participantes
            1702.90.40Azúcar y melazas caramelizados
            Obs.: Azúcar caramelizadoAzúcar de los países participantes
            1704.90.10Chocolate blancoAzúcar de los países participantes
            1704.90.20Bombones, caramelos, confites y pastillasAzúcar de los países participantes
            1704.90.30Jaleas y pastas de frutos presentados comoAzúcar de los países participantes
            artículos de confitería
            1704.90.90Los demásAzúcar de los países participantes
            Incluso:
            Dulce de leche, dulce de tomate y dulce de zapalloAzúcar y leche de los países participantes
            **1801Cacao en grano, entero o partido, crudo o tostado.
            **1801.00.10CrudoCacao de los países signatarios
            **1801.00.20TostadoCacao de los países signatarios
            **1802Cáscara, películas y demás residuos de cacao.
            **1802.00.10Cáscara y películas (cascarillas)Cacao de los países signatarios
            **1802.00.20Tortas residualesCacao de los países signatarios
            **1802.00.90Los demásCacao de los países signatarios
            1803Pasta de cacao, incluso desgrasada.
            1803.10.00Sin desgrasarCacao de los países participantes
            1803.20.00Desgrasada total o parcialmenteCacao de los países participantes
            1804.00.00Manteca, grasa y aceite de cacao.Cacao de los países participantes
            1805.00.00Cacao en polvo sin adición de azúcar ni otroCacao de los países participantes
            edulcorante.
            1806Chocolate y demás preparaciones alimenticias que
            contengan cacao.
            1806.10.00Cacao en polvo con adición de azúcar u otroCacao y azúcar de los países participantes
            edulcorante
            1806.20Las demás preparaciones, bien en bloques o barras
            con peso superior a 2 kg, bien en forma líquida
            o pastosa, o en polvo, gránulos o formas
            similares, en recipientes o envases inmediatos
            con un contenido superior a 2 kg
            1806.20.10ChocolateCacao y azúcar de los países participantes
            1806.20.90Las demás
            Obs.: Incluso el dulce de leche con cacaoCacao y azúcar de los países participantes
            1806.3Los demás, en bloques, tabletas o barras:
            1806.31.00RellenosCacao y azúcar de los países participantes
            1806.32Sin rellenar
            1806.32.10ChocolateCacao y azúcar de los países participantes
            1806.32.90Los demásCacao y azúcar de los países participantes
            1806.90Los demás
            1806.90.10ChocolateCacao y azúcar de los países participantes
            1806.90.90Los demásCacao y azúcar de los países participantes
            Obs.: Incluso el dulce de leche con cacao
            1901.90.10Extracto de maltaCebada de los países participantes
            1901.90.40Dulce de lecheCacao y azúcar de los países participantes
            1905.30.00Galletas dulces (con adición de edulcorante)
            barquillos y obleas, incluso rellenos
            ("gaufrettes", "wafers")
            Obs.: Galletas dulcesHarina, azúcar, leche, grasas y cacao de los
            países participantes
            1905.90.91Productos de panadería, de pastelería o de
            galletería, incluso con adición de cacao
            Obs.: Bizcochos y demás galletasHarina, azúcar, leche, grasas y cacao de los
            países participantes
            2001Hortalizas (incluso silvestres), frutas u otros
            frutos y demás partes comestibles de plantas,
            preparados o conservados en vinagre o en ácido
            acético.
            2001.10.00Pepinos y pepinillosPepinos y pepinillos de los países participantes
            2001.20.00CebollasCebollas de los países participantes
            2001.90Los demás
            2001.90.10AceitunasAceitunas de los países participantes
            2001.90.30PalmitosPalmitos de los países participantes
            2001.90.90Los demásHortalizas, frutas u otros frutos y demás partes comestibles
            de los países participantes
            2002Tomates preparados o conservados (excepto en
            vinagre o en ácido acético)
            2002.10.00Tomates enteros o en trozos
            Obs.: Excepto cocidos, congelados
            Tomates de los países participantes
            2002.90.00Los demás
            Obs.: Excepto cocidos, congelados
            Tomates de los países participantes
            2004Las demás hortalizas (incluso silvestres)
            preparadas o conservadas (excepto en vinagre o en
            ácido acético), congeladas, excepto los
            productos de la partida 20.06.
            2004.90Las demás hortalizas (incluso silvestres)
            mezclas de hortalizas (incluso silvestres)
            2004.90.10Arvejas (chícharos, guisantes)
            Obs.: Excepto cocidas
            Arvejas de los países participantes
            2005Las demás hortalizas (incluso silvestres)
            preparadas o conservadas (excepto en vinagre o en
            ácido acético), sin congelar, excepto los
            productos de la partida 20.06.
            2005.40.00Arvejas (chícharos, guisantes)Arvejas de los países participantes
            2007Confituras, jaleas y mermeladas, purés y pastas
            de frutas u otros frutos, obtenidos por cocción,
            incluso con adición de azúcar u otro edulcorante.
            2007.91De agrios (cítricos)
            2007.91.10Confituras, jaleas y mermeladasFrutas frescas y azúcar de los países participantes
            Obs.: Jaleas y mermeladas
            2007.91.90Los demásFrutas frescas y azúcar de los países participantes
            2007.99Los demás
            2007.99.10Confituras, jaleas y mermeladasFrutas frescas y azúcar de los países participantes
            Obs.: Jaleas y mermeladas
            2007.99.2Purés y pastas de frutas u otros frutos:
            2007.99.21De durazno (melocotón)Duraznos frescos y azúcar de los países participantes
            2007.99.22De higoHigos frescos y azúcar de los países participantes
            2007.99.23De membrilloMembrillos frescos y azúcar de los países participantes
            2007.99.24De guayabaGuayabas frescas y azúcar de los países participantes
            2007.99.29Los demásFrutas frescas y azúcar de los países participantes
            2008Frutas u otros frutos y demás partes comestibles
            de plantas, preparados o conservados de otro
            modo, incluso con adición de azúcar u otro
            edulcorante o alcohol, no expresados ni
            comprendidos en otra parte.
            2008.1Frutos de cáscara, maníes (cacahuates, cacahuetes)
            y demás semillas, incluso mezclados entre sí:
            2008.11.00Maníes (cacahuates, cacahuetes)Maní, azúcar y sal de los países participantes
            Obs.: Tostado
            2008.19Los demás, incluidas las mezclas
            2008.19.1Frutos de cáscara, tostados:
            2008.19.11Nueces de "cajú" (merey, cajuil, anacardo,Nueces o castañas de cajú, azúcar y sal de los
            marañón)países participantes
            2008.19.90Los demás
            Obs.: Excepto frutos con cáscara cocidos, sin adi-
            ción de azúcar, congelados
            Frutas frescas y azúcar de los países participantes
            2008.20Piñas tropicales (ananás)
            2008.20.10En agua con adición de azúcar u otro edulcorante,Ananá fresco y azúcar de los países participantes
            o en jarabe
            2008.20.90Los demás
            Obs.: Excepto cocidas, sin adición de azúcar ni al-
            cohol, congeladas
            Ananá fresco y azúcar de los países participantes
            2008.30Agrios (cítricos)
            2008.30.10En agua con adición de azúcar u otro edulcorante,Agrios (cítricos) de los países participantes
            o en jarabe
            2008.30.90Los demás
            Obs.: Excepto cocidos, sin adición de azúcar ni al-
            cohol, congelados
            Agrios (cítricos) de los países participantes
            2008.40Peras
            2008.40.10En agua con adición de azúcar u otro edulcorante,Peras frescas y azúcar de los países participantes
            o en jarabe
            2008.40.90Los demás
            Obs.: Excepto cocidas, sin adición de azúcar ni al-
            cohol, congeladas
            Peras frescas y azúcar de los países participantes
            2008.50Damascos (chabacanos, albaricoques)
            2008.50.10En agua con adición de azúcar u otro edulcorante,Damascos frescos y azúcar de los países participantes
            o en jarabe
            2008.50.90Los demás
            Obs.: Excepto cocidos, sin adición de azúcar ni al-
            cohol, congelados
            Damascos frescos y azúcar de los países participantes
            2008.60Cerezas
            2008.60.10En agua con adición de azúcar u otro edulcorante,Cerezas frescas y azúcar de los países participantes
            o en jarabe
            2008.60.90Los demásCerezas frescas y azúcar de los países participantes
            Obs.: Excepto cocidas, sin adición de azúcar ni al-
            cohol, congeladas
            2008.70Duraznos (melocotones)
            2008.70.10En agua con adición de azúcar u otro edulcorante,Duraznos frescos y azúcar de los países participantes
            o en jarabe
            2008.70.90Los demás
            Obs.: Excepto cocidos, sin adición de azúcar ni al-
            cohol, congelados
            Duraznos frescos y azúcar de los países participantes
            2008.80Frutillas (fresas)
            2008.80.10En agua con adición de azúcar u otro edulcorante,Frutillas frescas y azúcar de los países participantes
            o en jarabe
            2008.80.90Los demás
            Obs.: Excepto cocidas, sin adición de azúcar ni al-
            cohol, congeladas
            Frutillas frescas y azúcar de los países participantes
            2008.9Los demás, incluidas las mezclas, excepto las
            mezclas de la subpartida 2008.19:
            2008.91.00PalmitosPalmitos y azúcar de los países participantes
            2008.92Mezclas
            2008.92.10En agua con adición de azúcar u otro edulcorante,Frutas frescas y azúcar de los países participantes
            o en jarabe
            2008.92.90Las demásFrutas frescas y azúcar de los países participantes
            Obs.: - A base de frutas al natural o en alcohol (excepto a base de cerezas o cocidas, sin adición de azúcar ni alcohol, congeladas)
            - A base de frutas de clima tropical, preparadas o conservadas de otra forma, excepto cocidas, sin adición de azúcar ni alcohol, congeladas
            2008.99.00Los demásFrutas frescas y azúcar de los países participantes
            Obs.: - Al natural, en agua con adición de azúcar u otro edulcorante o en jarabe, o en alcohol (excepto cocidas, sin adición de azúcar ni alcohol, congeladas)
            - A base de frutas de clima tropical, preparadas o conservadas de otra forma, excepto cocidas, sin adición de
            azúcar ni alcohol, congeladas
            2009.40.00Jugo de piña tropical (ananá)Ananá fresco y azúcar de los países participantes
            2009.60Jugo de uva (incluido el mosto)
            2009.60.10Sin concentrarUva fresca y azúcar de los países participantes
            2009.60.20ConcentradoUva fresca y azúcar de los países participantes
            2009.70.00Jugo de manzanaManzana y azúcar de los países participantes
            2009.80Jugo de cualquier otra fruta o fruto, u hortaliza
            (incluso silvestre)
            2009.80.10De frutosFrutas frescas y azúcar de los países participantes
            2103.20.10"Ketchup"Tomates frescos de los países participantes
            2204Vino de uvas frescas, incluso encabezado; mosto
            de uva, excepto el de la partida 20.09.
            2204.21En recipientes con capacidad inferior o igual a 2
            Litros
            2204.21.10Vinos finos de mesaUva fresca de los países participantes
            2204.21.2Vinos generosos:
            2204.21.21Tipo JerezUva fresca de los países participantes
            2204.21.39Los demásUva fresca de los países participantes
            Obs.: Vinos llamados comunes, excepto en botellas
            2204.29Los demás
            2204.29.1Vinos generosos:
            2204.29.11Tipo JerezUva fresca y azúcar de los países participantes
            2204.29.20Los demás vinosUva fresca y azúcar de los países participantes
            Obs.: Vinos llamados comunes, excepto en botellas
            2205.10En recipientes con capacidad inferior o igual a 2
            litros
            2205.10.10VermutVinos obtenidos a partir de uva fresca de los
            países participantes
            2205.90Los demás
            2205.90.10VermutVinos obtenidos a partir de uva fresca de los
            países participantes
            2208Alcohol etílico sin desnaturalizar con grado alcohólico volumétrico inferior a 80% vol; aguardientes, licores y demás bebidas espirituosas.
            2208.20Aguardiente de vino o de orujo de uvas
            2208.20.10De vino (por ejemplo: coñac, "brandy", pisco)Uva de los países participantes
            **2208.20.20De orujo de uvasUn cambio a la partida 2208 de cualquier otra partida, excepto de la partida 2204 a 2207
            **2208.30.00WhiskyUn cambio a la partida 2208 de cualquier otra partida, excepto de la partida 2204 a 2207
            2208.40.00Ron y demás aguardientes de cañaCaña de azúcar (vegetal) de los países participantes
            **2208.50“Gin” y ginebra
            **2208.50.10“Gin”Un cambio a la partida 2208 de cualquier otra partida, excepto de la partida 2204 a 2207
            **2208.50.20GinebraUn cambio a la partida 2208 de cualquier otra partida, excepto de la partida 2204 a 2207
            **2208.60.00VodkaUn cambio a la partida 2208 de cualquier otra partida, excepto de la partida 2204 a 2207
            **2208.70Licores
            **2208.70.10De anísUn cambio a la partida 2208 de cualquier otra partida, excepto de la partida 2204 a 2207
            **2208.70.20CremasUn cambio a la partida 2208 de cualquier otra partida, excepto de la partida 2204 a 2207
            **2208.70.30Caña de frutas u otros frutos (elaboradas a base de alcohol de caña y frutas u otros frutos naturales)Un cambio a la partida 2208 de cualquier otra partida, excepto de la partida 2204 a 2207
            **2208.70.90Los demásUn cambio a la partida 2208 de cualquier otra partida, excepto de la partida 2204 a 2207
            **2208.90Los demás
            **2208.90.10Alcohol etílico sin desnaturalizarUn cambio a la partida 2208 de cualquier otra partida, excepto de la partida 2204 a 2207
            **2208.90.2Aguardientes:
            **2208.90.21De ágave (por ejemplo: tequila)Un cambio a la partida 2208 de cualquier otra partida, excepto de la partida 2204 a 2207
            **2208.90.29Los demásUn cambio a la partida 2208 de cualquier otra partida, excepto de la partida 2204 a 2207
            **2208.90.90Los demásUn cambio a la partida 2208 de cualquier otra partida, excepto de la partida 2204 a 2207
            2402.20.00Cigarrillos que contengan tabacoTabaco de los países participantes
            **2710Aceites de petróleo o de mineral bituminoso, excepto los aceites crudos; preparaciones no expresadas ni comprendidas en otra parte, con un contenido de aceites de petróleo o de mineral bituminoso superior o igual al 70% en peso, en las que estos aceites constituyan el elemento base.
            **2710.00.1Aceites livianos (ligeros) y preparaciones livianas (ligeras):
            **2710.00.11Éteres de petróleo (nafta solvente, bencina de extracción)Procesos a partir del petróleo crudo
            **2710.00.12Gasolinas para motores de émbolo (pistón), de aviaciónProcesos a partir del petróleo crudo
            **2710.00.13Carburante tipo gasolina, para reactores o para turbinasProcesos a partir del petróleo crudo
            **2710.00.14Demás gasolinas para motores de émbolo (pistón)Procesos a partir del petróleo crudo
            **2710.00.15Aguarrás mineral (“white spirit”)Procesos a partir del petróleo crudo
            **2710.00.19Los demásProcesos a partir del petróleo crudo
            **2710.00.2Aceites medianos (medios) y preparaciones medianas (medias):
            **2710.00.21Carburantes tipo queroseno (querosén) para reactores o para turbinasProcesos a partir del petróleo crudo
            **2710.00.22Los demás querosenos (querosenes)Procesos a partir del petróleo crudo
            **2710.00.29Los demásProcesos a partir del petróleo crudo
            **2710.00.30Gasóleo (“gasoil”)Procesos a partir del petróleo crudo
            **2710.00.40Fuel (“fueloil”)Procesos a partir del petróleo crudo
            2710.00.5Aceites lubricantes y preparaciones tipo aceite
            lubricante:
            2710.00.51Blancos (de vaselina o de parafina)Proceso a partir de petróleo crudo
            2710.00.52De husillos ("spindle oil")Proceso a partir de petróleo crudo
            2710.00.59Los demásProceso a partir de petróleo crudo
            2710.00.60Grasas lubricantesProceso a partir de petróleo crudo
            **2710.00.9Los demás:
            **2710.00.91Aceites para transformadores y disyuntoresProcesos a partir del petróleo crudo
            **2710.00.92Líquidos para transmisiones hidráulicas (frenos hidráulicos, etc.)Procesos a partir del petróleo crudo
            **2710.00.99Los demásProcesos a partir del petróleo crudo
            **2711Gas de petróleo y demás hidrocarburos gaseosos.
            Licuados:
            **2711.11.00Gas naturalProcesos a partir del petróleo crudo
            **2711.12.00PropanoProcesos a partir del petróleo crudo
            **2711.13.00ButanosProcesos a partir del petróleo crudo
            **2711.14.00Etileno, propileno, butileno y butadienoProcesos a partir del petróleo crudo
            **2711.19Los demás
            **2711.19.10MetanoProcesos a partir del petróleo crudo
            **2711.19.90Los demásProcesos a partir del petróleo crudo
            En estado gaseoso:
            **2711.21.00Gas naturalProcesos a partir del petróleo crudo
            **2711.29.00Los demásProcesos a partir del petróleo crudo
            2712.20Parafina con un contenido de aceite inferior al
            0,75% en peso
            2712.20.10Parafina, excluida la sintéticaProceso a partir de petróleo crudo
            2801.10.00CloroCloruro de sodio de los países participantes
            2801.20Yodo
            2801.20.20SublimadoMinerales y algas marinas de los países participantes
            2801.20.90Los demásMinerales y algas marinas de los países participantes
            2803.00.00Carbono (negros de humo y otras formas de carbonoCuando el negro de humo se produzca a partir de gas
            no expresadas ni comprendidas en otra parte)de petróleo y de aceites descabezados (aceites par-
            cialmente refinados), el gas de petróleo deberá ser
            obtenido en los países participantes y los aceites des-
            cabezados deberán ser elaborados en los países
            participantes
            2804.50.00Boro; teluro
            Obs.: TeluroMineral de los países participantes
            2804.90.00SelenioMineral de los países participantes
            2806.10Cloruro de hidrógeno (ácido clorhídrico)
            2806.10.10En estado gaseoso o licuadoAcido sulfúrico, cloruro de sodio, hidrógeno y cloro
            de los países participantes
            2806.10.20En solución acuosaAcido sulfúrico, cloruro de sodio, hidrógeno y cloro
            de los países participantes
            2823.00.00Oxidos de titanio.
            Obs.: Bióxido de titanioProceso a partir de productos distintos de los in-
            cluidos en la partida 2823 de la Nomenclatura de
            la Asociación
            2825.50.00Oxidos e hidróxidos de cobreCobre de los países participantes
            2826.1Fluoruros:
            2826.11.20De sodioAcido fluorhídrico de los países participantes
            2826.30.00Hexafluoroaluminato de sodio (criolita sintética)Acido fluorhídrico de los países participantes
            2827.10.00Cloruro de amonioAmoníaco y ácido clorhídrico, de los países participantes
            2827.3Los demás cloruros:
            2827.39.20De mercurioMercurio y ácido clorhídrico, de los países participantes
            2833.1Sulfatos de sodio:
            2833.11.00Sulfato de disodioSodio de los países participantes
            2833.19.00Los demásSodio de los países participantes
            2833.25.00Sulfato de cobreCobre de los países participantes
            2903.14.00Tetracloruro de carbonoSulfuro de carbono y cloro, de los países participantes
            2903.22.00TricloroetilenoAcetileno y cloro de los países participantes
            2903.41.00TriclorofluorometanoTetracloruro de carbono y fluorita, de los
            países participantes
            2903.42.00DiclorodifluorometanoTetracloruro de carbono y fluorita, de los
            países participantes
            2903.45.10ClorotrifluorometanoTetracloruro de carbono y fluorita de los
            países participantes
            2903.62.20DDT (1,1,1-tricloro-2,2-bis (p-clorofenil)Benceno, cloro, aldehído acético y ácido sulfúrico
            (oleum), de los países participantes
            2905.45.00Glicerol (glicerina refinada)Grasas y aceites de los países participantes
            2906.11.00MentolVegetal de los países participantes
            2914.11.00AcetonaAlcohol isopropílico de los países participantes o
            fermentación de cereales o azúcares de los
            países participantes
            2914.12.00Butanona (metiletilcetona)Alcohol butílico secundario de los países participantes
            2915.70.10Acido palmítico, sus sales y sus ésteres
            Obs.: PalmitinaGrasas y aceites de los países participantes
            2916.31.10Acido benzoicoTolueno de los países participantes
            2918.11.10Acido lácticoFéculas o azúcares y ácido sulfúrico, de los países
            participantes
            2918.14.00Acido cítricoAzúcares, ácido sulfúrico y ácido clorhídrico, de los
            países participantes
            2918.19.90Los demás
            Obs.: Acido cólico; ácido desoxicólico; desoxicolatoBilis de los países participantes
            de magnesia; sales biliares de magnesia
            2918.22.10Acido O-acetilsalicílico (aspirina)Acido salicílico obtenido a partir de fenol de los
            países participantes y anhídrido acético de los
            países participantes
            2918.23.10Salicilato de metiloAcido salicílico de los países participantes
            2918.30.00Acidos carboxílicos con función aldehído o
            cetona, pero sin otra función oxigenada, sus
            anhídridos, halogenuros, peróxidos, peroxiácidos
            y sus derivados
            Obs.: Acido dehidrocólicoBilis de los países participantes
            2922.49.90Los demás
            Obs.: Acido yodopanoicoYodo de los países participantes
            2924Compuestos con función carboxiamida; compuestos
            con función amida del ácido carbónico.
            2924.2Amidas cíclicas (incluidos los carbamatos) y sus
            derivados; sales de estos productos:
            2924.29Los demás
            2924.29.90Los demás
            Obs.: Acido acetrizoicoYodo de los países participantes
            2931.00.20Plomo tetraetiloPlomo y cloruro de etilo, de los países participantes
            2936.21.10Vitamina A1Aceites vitamínicos de los países participantes
            Obs.: Natural
            2936.21.20Vitamina A2Aceites vitamínicos de los países participantes
            Obs.: Natural
            2936.29.40Vitaminas K y sus derivados
            Obs.: Vitamina K hidrosoluble y liposolubleAcido acético y metanol, de los países participantes
            2937.29.20PregnenolonaDiosgenina de los países participantes
            2937.29.90Los demás
            Obs.: EpoxipregnenolonaDiosgenina de los países participantes
            2937.91.10InsulinaGlándulas de los países participantes
            2939.10.11Morfina y sus sales
            Obs.: MorfinaAmapola de los países participantes
            2939.10.12Codeína y sus salesMorfina obtenida a partir de amapola de los países
            participantes
            2939.10.19Los demás
            Obs.: Etilmorfina; dihidrocodeinona bitartrato;Morfina obtenida a partir de amapola de los países
            dihidrohidroxicodeinona clorhidrato; dihidrocodeinaparticipantes
            bitartrato
            3001.90.90Las demás
            Obs.: Acidos biliaresBilis de los países participantes
            **3004Medicamentos (excepto los productos de las partidas 30.02, 30.05 ó 30.06) constituidos por productos mezclados o sin mezclar, preparados para usos terapéuticos o profilácticos, dosificados o acondicionados para la venta al por menor.
            **3004.10Que contengan penicilinas o derivados de estos productos con la estructura del ácido penicilánico, o estreptomicinas o derivados de estos productos
            **3004.10.20Que contengan penicilinas o sus derivadosUn cambio a la partida 3004 de cualquier otra partida, excepto de la partida 3003, o un cambio a la partida 3004 de la partida 3003 o de cualquier otra subpartida dentro de la partida 3004, habiendo o no cambios de cualquier otra partida, cumpliendo con un contenido regional no menor a 50%
            **3004.10.90Los demásUn cambio a la partida 3004 de cualquier otra partida, excepto de la partida 3003, o un cambio a la partida 3004 de la partida 3003 o de cualquier otra subpartida dentro de la partida 3004, habiendo o no cambios de cualquier otra partida, cumpliendo con un contenido regional no menor a 50%
            **3004.20.00Que contengan otros antibióticosUn cambio a la partida 3004 de cualquier otra partida, excepto de la partida 3003, o un cambio a la partida 3004 de la partida 3003 o de cualquier otra subpartida dentro de la partida 3004, habiendo o no cambios de cualquier otra partida, cumpliendo con un contenido regional no menor a 50%
            **3004.3Que contengan hormonas u otros productos de la partida 29.37, sin antibióticos:
            **3004.31.00Que contengan insulinaUn cambio a la partida 3004 de cualquier otra partida, excepto de la partida 3003, o un cambio a la partida 3004 de la partida 3003 o de cualquier otra subpartida dentro de la partida 3004, habiendo o no cambios de cualquier otra partida, cumpliendo con un contenido regional no menor a 50%
            **3004.32.00Que contengan hormonas corticosuprarrenalesUn cambio a la partida 3004 de cualquier otra partida, excepto de la partida 3003, o un cambio a la partida 3004 de la partida 3003 o de cualquier otra subpartida dentro de la partida 3004, habiendo o no cambios de cualquier otra partida, cumpliendo con un contenido regional no menor a 50%
            **3004.39.00Los demásUn cambio a la partida 3004 de cualquier otra partida, excepto de la partida 3003, o un cambio a la partida 3004 de la partida 3003 o de cualquier otra subpartida dentro de la partida 3004, habiendo o no cambios de cualquier otra partida, cumpliendo con un contenido regional no menor a 50%
            **3004.40.00Que contengan alcaloides o sus derivados, sin hormonas ni otros productos de la partida 29.37, ni antibióticosUn cambio a la partida 3004 de cualquier otra partida, excepto de la partida 3003, o un cambio a la partida 3004 de la partida 3003 o de cualquier otra subpartida dentro de la partida 3004, habiendo o no cambios de cualquier otra partida, cumpliendo con un contenido regional no menor a 50%
            **3004.50.00Los demás medicamentos que contengan vitaminas su otros productos de la partida 29.36Un cambio a la partida 3004 de cualquier otra partida, excepto de la partida 3003, o un cambio a la partida 3004 de la partida 3003 o de cualquier otra subpartida dentro de la partida 3004, habiendo o no cambios de cualquier otra partida, cumpliendo con un contenido regional no menor a 50%
            **3004.90.00Los demásUn cambio a la partida 3004 de cualquier otra partida, excepto de la partida 3003, o un cambio a la partida 3004 de la partida 3003 o de cualquier otra subpartida dentro de la partida 3004, habiendo o no cambios de cualquier otra partida, cumpliendo con un contenido regional no menor a 50%
            3102.10.00Urea, incluso en disolución acuosaAnhídrido carbónico y amoníaco de los países
            Obs.: Urea (abono) 45% o menos de nitrógeno en peso yparticipantes
            estado seco
            3102.50.00Nitrato de sodioMineral de los países participantes
            Obs.: Nitrato sódico-potásico (salitre)
            3105.90.11Nitrato sódico-potásico naturalMineral de los países participantes
            3201.10.00Extracto de quebrachoQuebracho de los países participantes
            3201.20.00Extracto de mimosa (acacia)
            Obs.: Extracto de acacia negraAcacia negra de los países participantes
            3201.90Los demás
            3201.90.10Extractos curtientes de origen vegetal
            Obs.: Extracto de mangle; extracto de dividiviMangle y dividivi de los países participantes
            3301.1Aceites esenciales de agrios (cítricos)
            3301.11.00De bergamotaBergamota de los países participantes
            3301.12.00De naranjaNaranja de los países participantes
            3301.13.00De limónLimón de los países participantes
            3301.14.00De limaLima de los países participantes
            Obs.: Excepto de limón Mexicano (C. Aurantifolia-Christmann-Swingle)
            3301.19Los demás
            3301.19.10De cidra; de toronja o pomelo; de mandarinaCítricos de los países participantes
            3301.19.90Los demásCítricos de los países participantes
            3301.2Aceites esenciales, excepto los de agrios (cítricos)
            3301.21.00De geranioGeranio de los países participantes
            3301.22.00De jazmínJazmín de los países participantes
            3301.23.00De lavanda (espliego) o de lavandín
            Obs.: De lavandínVegetal de los países participantes
            3301.24.00De menta piperita (Mentha piperita)Menta piperita de los países participantes
            3301.25.00De las demás mentasMenta de los países participantes
            3301.26.00De espicanardo ("vetiver")Vetiver de los países participantes
            3301.29Los demás
            3301.29.10De "cabreuva"Cabreuva (capriuba)
            3301.29.20De cedroCedro de los países participantes
            3301.29.30De eucaliptoEucalipto de los países participantes
            3301.29.40De palo rosa (Bois de Rose femelle)Palo de rosa de los países participantes
            3301.29.50De sasafrásSasafrás de los países participantes
            3301.29.60De citronelaCitronela de los países participantes
            3301.29.70De clavoClavo de los países participantes
            3301.29.80De "lemon grass"Lemon grass de los países participantes
            3301.29.90Los demásVegetales de los países participantes
            3401.11De tocador (incluso los medicinales)
            3401.11.10Jabón
            Obs.: Jabón de tocador de cocoAceite obtenido a partir de almendra o de pulpa de
            coco, de los países participantes
            3507.90.14Pepsina y sus concentrados
            Obs.: PepsinaVísceras y sulfato de amonio, de los países participantes
            3507.90.15Enzimas pancreáticas y sus concentrados
            Obs.: TripsinaGlándulas y sulfato de amonio, de los países participantes
            3507.90.19Los demás
            Obs.: HialuronidasaGlándulas y sulfato de amonio, de los países participantes
            3802.10.00Carbones activadosCarbón vegetal o materias celulósicas de los países participantes
            3805.10.10Esencias de trementinaConíferas de los países participantes
            3805.20.00Aceite de pinoConíferas de los países participantes
            3806.10.10ColofoniasConíferas de los países participantes
            3808.10Insecticidas
            3808.10.91A base de piretroPiretro de los países participantes
            3808.40Desinfectantes
            3808.40.20Presentados de otro modo
            Obs.: A base de piretro Piretro de los países participantes
            3811.1Preparaciones antidetonantes:
            3811.11.00A base de compuestos de plomo
            Obs.: Para utilización exclusiva como aditivos dePlomo tetraetilo de los países participantes
            combustibles derivados del petróleo
            3823.1Acidos grasos monocarboxílicos industriales;
            aceites ácidos del refinado:
            3823.11.00Acido esteáricoGrasas y aceites de los países participantes
            3823.12.00Acido oleicoGrasas y aceites de los países participantes
            3823.70Alcoholes grasos industriales
            3823.70.10CetílicoGrasas y aceites de los países participantes
            3823.70.20EstearílicoGrasas y aceites de los países participantes
            3823.70.30LaurílicoGrasas y aceites de los países participantes
            3823.70.40OleílicoGrasas y aceites de los países participantes
            3823.70.90Los demás
            Obs.: Que no presenten el carácter de cerasGrasas y aceites de los países participantes
            **3916Monofilamentos cuya mayor dimensión del corte transversal sea superior a 1 mm, barras, varillas y perfiles, incluso trabajados en la superficie pero sin otra labor, de plástico.
            **3916.10De polímeros de etileno
            **3916.10.10De polietileno)
            **3916.10.90Los demás)
            **3916.20De polímeros de cloruro de vinilo)
            **3916.20.10De policloruro de vinilo)
            **3916.20.20De copolímeros de cloruro de vinilo y acetato de vinilo)
            **3916.20.90Los demás)
            **3916.90De los demás plásticos)
            **3916.90.10De celulosa o de sus derivados químicos)
            **3916.90.20De polímeros de la partida 39.13)
            **3916.90.90Los demás)Un cambio a la partida 3916 a 3926 de cualquier partida fuera del )grupo o;
            )No se requiere un cambio de clasificación arancelaria a la partida )3916 a 3926, cumpliendo con un contenido regional no menor a )50%
            **3917Tubos y accesorios de tubería (por ejemplo: juntas, codos, empalmes (racores)), de plástico.)
            )
            **3917.10Tripas artificiales de proteínas endurecidas o de plásticos celulósicos)
            )
            **3917.10.10De proteínas endurecidas)
            **3917.10.20De plásticos celulósicos)
            Tubos rígidos:)
            **3917.21De polímeros de etileno)
            **3917.21.10De polietileno)
            **3917.21.90Los demás)
            **3917.22De polímeros de propileno)
            **3917.22.10De polipropileno)
            **3917.22.90Los demás)
            **3917.23.00De polímeros de cloruro de vinilo)
            **3917.29.00De los demás plásticos)
            Los demás tubos:)
            **3917.31.00Tubos flexibles para una presión superior o igual a 27,6 Mpa)
            **3917.32.00Los demás, sin reforzar ni combinar con otras materias, sin accesorios)
            )
            **3917.33.00Los demás, sin reforzar ni combinar con otras materias, con accesorios)
            )
            **3917.39.00Los demás)
            **3917.40.00Accesorios)
            **3918Revestimientos de plástico para suelos, incluso autoadhesivos, en rollos o losetas; revestimientos de plástico para paredes o techos, definidos en la nota 9 de este Capítulo.)
            )
            )
            )
            **3918.10De polímeros de cloruro de vinilo)
            **3918.10.10Revestimientos para suelos)
            **3918.10.90Los demás)
            **3918.90De los demás plásticos)
            **3918.90.10Revestimientos para suelos) Un cambio a la partida 3916 a 3926 de cualquier partida fuera del )grupo o;
            )No se requiere un cambio de clasificación arancelaria a la partida )3916 a 3926, cumpliendo con un contenido regional no menor a )50%
            **3918.90.90Los demás)
            **3919Placas, láminas, hojas, cintas, tiras y demás formas planas, autoadhesivas, de plástico, incluso en rollos.)
            )
            **3919.10.00En rollos de anchura inferior o igual a 20 cm)
            **3919.90.00Las demás)
            **3920Las demás placas, láminas, hojas y tiras, de plástico no celular y sin refuerzo, estratificación ni soporte o combinación similar con otras materias)
            )
            )
            **3920.10De polímeros de etileno)
            **3920.10.10De polietileno)
            **3920.10.90Las demás)
            **3920.20De polímeros de propileno)
            **3920.20.10De polipropileno)
            **3920.20.90Las demás)
            **3920.30.00De polímeros de estireno)
            De polímeros de cloruro de vinilo:)
            **3920.41Rígidos)
            **3920.41.10De policloruro de vinilo)
            **3920.41.20De copolímeros de cloruro de vinilo y acetato de vinilo)
            **3920.41.90Las demás)
            **3920.42Flexibles)
            **3920.42.10De policloruro de vinilo)
            **3920.42.20De copolímeros de cloruro de vinilo y acetato de vinilo)
            **3920.42.90Las demás)
            De polímeros acrílicos:)
            **3920.51.00De polimetracrilato de metilo)
            **3920.59.00De los demás)
            De policarbonatos, resinas alcídicas, poliésteres alílicos o demás poliésteres:)
            )
            **3920.61.00De policarbonatos) Un cambio a la partida 3916 a 3926 de cualquier partida fuera del )grupo o;
            )No se requiere un cambio de clasificación arancelaria a la partida )3916 a 3926, cumpliendo con un contenido regional no menor a )50%
            **3920.62.00De politereftalato de etileno)
            **3920.63.00De poliésteres no saturados)
            **3920.69De los demás poliésteres)
            **3920.69.10De resinas alcídicas)
            **3920.69.90Las demás)
            De celulosa o de sus derivados químicos:)
            **3920.71.00De celulosa regenerada)
            **3920.72.00De fibra vulcanizada)
            **3920.73.00De acetato de celulosa)
            **3920.79De los demás derivados de la celulosa)
            **3920.79.10De nitratos de celulosa)
            **3920.79.90Las demás)
            De los demás plásticos:)
            **3920.91.00De polivinilbutiral)
            **3920.92.00De poliamidas)
            **3920.93.00De resinas amínicas)
            **3920.94.00De resinas fenólicas)
            **3920.99.00De los demás plásticos)
            **3921Las demás placas, láminas, hojas y tiras, de plástico.)
            Productos celulares:)
            **3921.11.00De polímeros de estireno)
            **3921.12De polímeros de cloruro de vinilo)
            **3921.12.10De policloruro de vinilo)
            **3921.12.20De copolímeros de cloruro de vinilo y acetato de vinilo)
            **3921.12.90Los demás)
            **3921.13.00De poliuretanos) Un cambio a la partida 3916 a 3926 de cualquier partida fuera del )grupo o;
            )No se requiere un cambio de clasificación arancelaria a la partida )3916 a 3926, cumpliendo con un contenido regional no menor a )50%
            **3921.14.00De celulosa regenerada)
            **3921.19.00De los demás plásticos)
            **3921.90.00Los demás)
            **3922Bañeras, duchas, lavabos, bidés, inodoros y sus asientos y tapas, cisternas (depósitos de agua) para inodoros y artículos sanitarios o higiénicos similares, de plástico.)
            )
            )
            **3922.10.00Bañeras, duchas y lavabos)
            **3922.20.00Asientos y tapas de inodoros)
            **3922.90Los demás)
            **3922.90.10Cisternas (depósitos de agua) para inodoros, con mecanismo)
            **3922.90.90Los demás)
            **3923Artículos para el transporte o envasado, de plástico; tapones, tapas, cápsulas y demás dispositivos de cierre, de plástico.)
            )
            **3923.10.00Cajas, cajones, jaulas y artículos similares)
            Sacos (bolsas), bolsitas y cucuruchos:)
            **3923.21.00De polímeros de etileno)
            **3923.29.00De los demás plásticos)
            **3923.30.00Bombonas (damajuanas), botellas, frascos y artículos similares)
            )
            **3923.40.00Bobinas, carretes, canillas y soportes similares)
            **3923.50.00Tapones, tapas, cápsulas y demás dispositivos de cierre)
            **3923.90.00Los demás)
            **3924Vajilla y demás artículos de uso doméstico y artículos de higiene o de tocador, de plástico.)
            )
            **3924.10.00Vajilla y demás artículos para el servicio de mesa o de cocina)
            **3924.90Los demás)
            **3924.90.10Artículos de higiene o de tocador)
            **3924.90.90Los demás) Un cambio a la partida 3916 a 3926 de cualquier partida fuera del )grupo o;
            )No se requiere un cambio de clasificación arancelaria a la partida )3916 a 3926, cumpliendo con un contenido regional no menor a )50%
            **3925Artículos para la construcción, de plástico, no expresados ni comprendidos en otra parte.)
            )
            **3925.10.00Depósitos, cisternas, cubas y recipientes análogos, de capacidad superior a 300 l)
            )
            **3925.20.00Puertas, ventanas, y sus marcos, bastidores y umbrales)
            **3925.30.00Contraventanas, persianas (incluidas las venecianas) y artículos similares, y sus partes)
            )
            **3925.90.00Los demás)
            **3926Las demás manufacturas de plástico y manufacturas de las demás materias de las partidas 39.01 a 39.14.)
            )
            **3926.10.00Artículos de oficina y artículos escolares)
            **3926.20.00Prendas y complementos (accesorios), de vestir (incluidos los guantes))
            )
            **3926.30.00Guarniciones para muebles, carrocerías o similares)
            **3926.40.00Estatuillas y demás artículos de adorno)
            **3926.90.00Las demás)
            **4002Caucho sintético y caucho facticio derivado de los aceites, en formas primarias o en placas, hojas o tiras; mezclas de productos de la partida 40.01 con los de esta partida, en formas primarias o en placas, hojas o tiras.
            Caucho estireno-butadieno (SBR); caucho estireno-butadieno carboxilado (XSBR):
            **4002.11Látex
            **4002.11.10De caucho estireno-butadieno (SBR)No se requiere cambio de clasificación arancelaria a la partida 4002, cumpliendo con un contenido regional no menor a 50%
            **4002.11.20De caucho estireno-butadieno carboxilado (XSBR)No se requiere cambio de clasificación arancelaria a la partida 4002, cumpliendo con un contenido regional no menor a 50%
            **4002.19Las demás
            **4002.19.1De caucho estireno-butadieno (SBR):
            **4002.19.11En placas, hojas o tirasNo se requiere cambio de clasificación arancelaria a la partida 4002, cumpliendo con un contenido regional no menor a 50%
            **4002.19.19Los demásNo se requiere cambio de clasificación arancelaria a la partida 4002, cumpliendo con un contenido regional no menor a 50%
            **4002.19.2De caucho estireno-butadieno carboxilado (XSBR):
            **4002.19.21En placas, hojas o tirasNo se requiere cambio de clasificación arancelaria a la partida 4002, cumpliendo con un contenido regional no menor a 50%
            **4002.19.29Los demásNo se requiere cambio de clasificación arancelaria a la partida 4002, cumpliendo con un contenido regional no menor a 50%
            **4002.20Caucho butadieno (BR)
            **4002.20.10LátexNo se requiere cambio de clasificación arancelaria a la partida 4002, cumpliendo con un contenido regional no menor a 50%
            **4002.20.9Los demás:
            **4002.20.91En placas, hojas o tirasNo se requiere cambio de clasificación arancelaria a la partida 4002, cumpliendo con un contenido regional no menor a 50%
            **4002.20.99Los demásNo se requiere cambio de clasificación arancelaria a la partida 4002, cumpliendo con un contenido regional no menor a 50%
            Caucho isobuteno-isopreno (butilo) (IIR); caucho isobuteno-isopreno halogenado (CIIR o BIIR):
            **4002.31Caucho isobuteno-isopreno (butilo) (IIR)
            **4002.31.10LátexNo se requiere cambio de clasificación arancelaria a la partida 4002, cumpliendo con un contenido regional no menor a 50%
            **4002.31.9Los demás:
            **4002.31.91En placas, hojas o tirasNo se requiere cambio de clasificación arancelaria a la partida 4002, cumpliendo con un contenido regional no menor a 50%
            **4002.31.99Los demásNo se requiere cambio de clasificación arancelaria a la partida 4002, cumpliendo con un contenido regional no menor a 50%
            **4002.39Los demás
            **4002.39.10LátexNo se requiere cambio de clasificación arancelaria a la partida 4002, cumpliendo con un contenido regional no menor a 50%
            **4002.39.9Los demás:
            **4002.39.91En placas, hojas o tirasNo se requiere cambio de clasificación arancelaria a la partida 4002, cumpliendo con un contenido regional no menor a 50%
            **4002.39.99Los demásNo se requiere cambio de clasificación arancelaria a la partida 4002, cumpliendo con un contenido regional no menor a 50%
            Caucho cloropreno (clorobutadieno) (CR):
            **4002.41.00LátexNo se requiere cambio de clasificación arancelaria a la partida 4002, cumpliendo con un contenido regional no menor a 50%
            **4002.49Las demás
            **4002.49.10En placas, hojas o tirasNo se requiere cambio de clasificación arancelaria a la partida 4002, cumpliendo con un contenido regional no menor a 50%
            **4002.49.90Los demásNo se requiere cambio de clasificación arancelaria a la partida 4002, cumpliendo con un contenido regional no menor a 50%
            Caucho acrilonitrilo-butadieno (NBR):
            **4002.51.00LátexNo se requiere cambio de clasificación arancelaria a la partida 4002, cumpliendo con un contenido regional no menor a 50%
            **4002.59Las demás
            **4002.59.10En placas, hojas o tirasNo se requiere cambio de clasificación arancelaria a la partida 4002, cumpliendo con un contenido regional no menor a 50%
            **4002.59.90Los demásNo se requiere cambio de clasificación arancelaria a la partida 4002, cumpliendo con un contenido regional no menor a 50%
            **4002.60Caucho isopreno (IR)
            **4002.60.10LátexNo se requiere cambio de clasificación arancelaria a la partida 4002, cumpliendo con un contenido regional no menor a 50%
            **4002.60.9Los demás:
            **4002.60.91En placas, hojas o tirasNo se requiere cambio de clasificación arancelaria a la partida 4002, cumpliendo con un contenido regional no menor a 50%
            **4002.60.99Los demásNo se requiere cambio de clasificación arancelaria a la partida 4002, cumpliendo con un contenido regional no menor a 50%
            **4002.70Caucho etileno-propileno-dieno no conjugado (EPDM)
            **4002.70.10LátexNo se requiere cambio de clasificación arancelaria a la partida 4002, cumpliendo con un contenido regional no menor a 50%
            **4002.70.9Los demás:
            **4002.70.91En placas, hojas o tirasNo se requiere cambio de clasificación arancelaria a la partida 4002, cumpliendo con un contenido regional no menor a 50%
            **4002.70.99Los demásNo se requiere cambio de clasificación arancelaria a la partida 4002, cumpliendo con un contenido regional no menor a 50%
            **4002.80Mezclas de los productos de la partida 40.01 con los de esta partida
            **4002.80.10LátexNo se requiere cambio de clasificación arancelaria a la partida 4002, cumpliendo con un contenido regional no menor a 50%
            **4002.80.90Los demásNo se requiere cambio de clasificación arancelaria a la partida 4002, cumpliendo con un contenido regional no menor a 50%
            Los demás
            **4002.91Látex
            **4002.91.10De caucho acrilonitrilo-clorobutadieno (NCR)No se requiere cambio de clasificación arancelaria a la partida 4002, cumpliendo con un contenido regional no menor a 50%
            **4002.91.20TioplastosNo se requiere cambio de clasificación arancelaria a la partida 4002, cumpliendo con un contenido regional no menor a 50%
            **4002.91.90Los demásNo se requiere cambio de clasificación arancelaria a la partida 4002, cumpliendo con un contenido regional no menor a 50%
            **4002.99Las demás
            **4002.99.1Caucho acrilonitrilo-clorobutadieno (NCR):
            **4002.99.11En placas, hojas o tirasNo se requiere cambio de clasificación arancelaria a la partida 4002, cumpliendo con un contenido regional no menor a 50%
            **4002.99.19Los demásNo se requiere cambio de clasificación arancelaria a la partida 4002, cumpliendo con un contenido regional no menor a 50%
            **4002.99.2Tioplastos:
            **4002.99.21En placas, hojas o tirasNo se requiere cambio de clasificación arancelaria a la partida 4002, cumpliendo con un contenido regional no menor a 50%
            **4002.99.29Los demásNo se requiere cambio de clasificación arancelaria a la partida 4002, cumpliendo con un contenido regional no menor a 50%
            **4002.99.30Caucho facticio derivado de los aceitesNo se requiere cambio de clasificación arancelaria a la partida 4002, cumpliendo con un contenido regional no menor a 50%
            **4002.99.9Los demás:
            **4002.99.91En placas, hojas o tirasNo se requiere cambio de clasificación arancelaria a la partida 4002, cumpliendo con un contenido regional no menor a 50%
            **4002.99.99Los demásNo se requiere cambio de clasificación arancelaria a la partida 4002, cumpliendo con un contenido regional no menor a 50%
            4202.1Baúles, maletas (valijas) incluidos
            los de aseo y los portadocumentos, portafolios
            (carteras de mano), cartapacios y continentes
            similares:
            4202.11.00Con la superficie exterior de cuero natural,
            cuero regenerado o cuero charolado
            Obs.: Carteras de mano (portafolios)Cueros de los países participantes
            4202.3Artículos de bolsillo o de bolsos de mano
            (carteras)
            4202.31.00Con la superficie exterior de cuero natural,
            cuero regenerado o cuero charolado
            Obs.: Billeteras de cueroCueros de los países participantes
            4203.2Guantes, mitones y manoplas:
            4203.29Los demás
            4203.29.10Especiales de protección para cualquier profesión
            u oficio
            Obs.: De cuero naturalCueros de los países participantes
            4404Flejes de madera; rodrigones hendidos; estacas y
            estaquillas de madera, apuntadas, sin aserrar
            longitudinalmente; madera simplemente desbastada
            o redondeada, pero sin tornear, curvar ni
            trabajar de otro modo, para bastones, paraguas,
            mangos de herramientas o similares; madera en
            tablillas, láminas, cintas o similares.
            4404.10.00De coníferasMadera de los países participantes
            Obs.: Excepto madera en tablillas, láminas, cintas o similares
            4404.20.00Distinta de la de coníferasMadera de los países participantes
            Obs.: Excepto madera en tablillas, láminas, cintas o similares
            4406Traviesas (durmientes)
            férreas o similares.
            4406.10.00Sin impregnarMadera de los países participantes
            4406.90.00Las demásMadera de los países participantes
            4407Madera aserrada o desbastada longitudinalmente,
            cortada o desenrollada, incluso cepillada, lijada
            o unida por entalladuras múltiples, de espesor
            superior a 6 mm.
            4407.10De coníferas
            4407.10.10De alerce sudamericano (Fitzroya cupressoides)Madera de los países participantes
            4407.10.20De araucariasMadera de los países participantes
            4407.10.30De pino insigne (Pinus radiata)Madera de los países participantes
            4407.10.90Las demásMadera de los países participantes
            4407.2De las maderas tropicales citadas en la Nota de
            subpartida 1 de este Capítulo:
            4407.24.00Virola, Mahogany (Swietenia spp.)Madera de los países participantes
            4407.25.00Dark Red Meranti, Light Red Meranti y MerantiMadera de los países participantes
            Bakau
            4407.26.00White Lauan, White Meranti, White Seraya, YellowMadera de los países participantes
            Meranti y Alan
            4407.29Las demás
            4407.29.10De cedros (Cedrela spp.)Madera de los países participantes
            4407.29.20De lapacho (ipé)Madera de los países participantes
            4407.29.90Los demásMadera de los países participantes
            4407.9Las demás:
            4407.91.00De encina, roble, alcornoque y demás belloterosMadera de los países participantes
            del mismo género (Quercus spp.)
            4407.92.00De haya (Fagus spp.)Madera de los países participantes
            4407.99Las demás
            4407.99.30De lengaMadera de los países participantes
            4407.99.40De pellín (roble-pellín)Madera de los países participantes
            4407.99.50De raulíMadera de los países participantes
            4407.99.60De palo trébol (Amburana cearensis A. Sm.)Madera de los países participantes
            4407.99.90Las demásMadera de los países participantes
            4408Hojas para chapado o contrachapado (incluso
            unidas)
            longitudinalmente, cortadas o desenrolladas,
            incluso cepilladas, lijadas o unidas por
            entalladuras múltiples, de espesor inferior o
            igual a 6 mm.
            4408.10De coníferas
            4408.10.1Hojas para chapado o contrachapado (incluso
            unidas)
            4408.10.11De pino insigne (Pinus radiata)Madera de los países participantes
            4408.10.19Las demásMadera de los países participantes
            4408.10.2Las demás maderas aserradas longitudinalmente:
            4408.10.21De pino insigne (Pinus radiata)Madera de los países participantes
            4408.10.29Las demásMadera de los países participantes
            4408.3De las maderas tropicales citadas en la Nota de
            subpartida 1 de este Capítulo:
            4408.31Dark Red Meranti, Light Red Meranti y Meranti
            Bakau
            4408.31.10Hojas para chapado o contrachapado (inclusoMadera de los países participantes
            unidas)
            4408.31.20Las demás maderas aserradas longitudinalmenteMadera de los países participantes
            4408.39Las demás
            4408.39.10Hojas para chapado o contrachapado (inclusoMadera de los países participantes
            unidas)
            4408.39.20Las demás maderas aserradas longitudinalmenteMadera de los países participantes
            4408.90Las demás
            4408.90.10Hojas para chapado o contrachapado (inclusoMadera de los países participantes
            unidas)
            4408.90.20Las demás maderas aserradas longitudinalmenteMadera de los países participantes
            4409Madera (incluidas las tablillas y frisos para
            parqués, sin ensamblar) perfilada
            longitudinalmente (con lengüetas, ranuras,
            rebajes, acanalados, biselados, con juntas en v,
            moldurados, redondeados o similares) en una o
            varias caras o cantos, incluso cepillada, lijada
            o unida por entalladuras múltiples.
            4409.10De coníferas
            4409.10.10Tablillas y frisos para parqués, sin ensamblarMadera de los países participantes
            4409.10.90Las demásMadera de los países participantes
            4409.20Distinta de la de coníferas
            4409.20.10Tablillas y frisos para parqués, sin ensamblarMadera de los países participantes
            4409.20.90Las demásMadera de los países participantes
            4411Tableros de fibra de madera u otras materias
            leñosas, incluso aglomeradas con resinas o demás
            aglutinantes orgánicos.
            4411.1Tableros de fibra de masa volúmica superior a 0,8
            g/cm3:
            4411.11.00Sin trabajo mecánico ni recubrimiento deMadera de los países participantes
            superficie
            Obs.: Planchas para construcción, de madera desfibrada, prensadas sin aglomerantes naturales ni artificiales ni aglutinantes análogos
            4411.19.00Los demásMadera de los países participantes
            Obs.: Planchas para construcción, de madera desfibrada, prensadas sin aglomerantes naturales ni artificiales ni aglutinantes análogos
            4412.1Madera contrachapada constituida exclusivamente
            por hojas de madera de espesor unitario inferior
            o igual a 6 mm:
            4412.13.00Que tenga, por lo menos, una hoja externa de lasMadera de los países participantes
            maderas tropicales citadas en la Nota de
            subpartida 1 de este Capítulo
            4412.14.00Las demás, que tengan, por lo menos, una hojaMadera de los países participantes
            externa de madera distinta de la de coníferas
            4412.19Las demás
            4412.19.10Constituidas exclusivamente por hojas de maderaMadera de los países participantes
            de pino
            4412.19.90Las demásMadera de los países participantes
            4412.2Las demás, que tengan, por lo menos, una hoja
            externa de madera distinta de la de coníferas:
            4412.22Que tengan, por lo menos, una hoja de las maderas
            tropicales citadas en la Nota de subpartida 1 de
            este Capítulo
            4412.22.1Que contengan, por lo menos, un tablero de
            partículas:
            4412.22.11Con alma de pinoMadera de los países participantes
            4412.22.19Las demásMadera de los países participantes
            4412.22.20Constituidas exclusivamente por hojas de maderaMadera de los países participantes
            4412.22.9Las demás:
            4412.22.91Con alma de pinoMadera de los países participantes
            4412.22.99Las demásMadera de los países participantes
            4412.23Las demás, que contengan, por lo menos, un
            tablero de partículas
            4412.23.10Con alma de pinoMadera de los países participantes
            4412.23.90Las demásMadera de los países participantes
            4412.29Las demás
            4412.29.20Constituidas exclusivamente por hojas de maderaMadera de los países participantes
            4412.29.9Las demás:
            4412.29.92Con alma de pinoMadera de los países participantes
            4412.29.99Las demásMadera de los países participantes
            4412.9Las demás:
            4412.92Que tengan, por lo menos, una hoja de las maderas
            tropicales citadas en la Nota de subpartida 1 de
            este Capítulo
            4412.92.1Que contengan, por lo menos, un tablero de
            partículas:
            4412.92.11Con alma de pinoMadera de los países participantes
            4412.92.19Las demásMadera de los países participantes
            4412.92.20Constituidas exclusivamente por hojas de maderaMadera de los países participantes
            4412.92.9Las demás:
            4412.92.91Con alma de pinoMadera de los países participantes
            4412.92.99Las demásMadera de los países participantes
            4412.93Las demás, que contengan, por lo menos, un
            tablero de partículas
            4412.93.10Con alma de pinoMadera de los países participantes
            4412.93.90Las demásMadera de los países participantes
            4412.99.00Las demásMadera de los países participantes
            4415Cajones, cajas, jaulas, tambores y envases
            similares, de madera; carretes para cables, de
            madera; paletas, paletas caja y demás
            plataformas para carga, de madera; collarines
            para paletas, de madera.
            4415.10.00Cajones, cajas, jaulas, tambores y envasesMadera de los países participantes
            similares; carretes para cables
            Obs.: Cajas de pino
            4416Barriles, cubas, tinas y demás manufacturas de
            tonelería y sus partes, de madera, incluidas las
            duelas.
            4416.00.00Barriles, cubas, tinas y demás manufacturas deMadera de los países participantes
            tonelería y sus partes, de madera, incluidas las
            duelas.
            4417Herramientas, monturas y mangos de herramientas,
            monturas y mangos de cepillos, brochas o
            escobas, de madera; hormas, ensanchadores y
            tensores para el calzado, de madera.
            4417.00.10Herramientas, monturas y mangos de herramientasMadera de los países participantes
            4417.00.20Monturas y mangos de cepillos, brochas o escobasMadera de los países participantes
            4417.00.30Hormas, ensanchadores y tensores para el calzadoMadera de los países participantes
            4418Obras y piezas de carpintería para
            construcciones, incluidos los tableros celulares,
            los tableros para parqués y tablillas para
            cubierta de tejados o fachadas ("shingles" y
            "shakes"), de madera.
            4418.10.00Ventanas, contraventanas, y sus marcos yMadera de los países participantes
            contramarcos
            4418.20.00Puertas y sus marcos, contramarcos y umbralesMadera de los países participantes
            4418.30.00Tableros para parquésMadera de los países participantes
            4418.40.00Encofrados para hormigónMadera de los países participantes
            4418.90Los demás
            4418.90.10Tableros celularesMadera de los países participantes
            4418.90.90Los demásMadera de los países participantes
            4420Marquetería y taracea; cofrecillos y estuches
            para joyería u orfebrería y manufacturas
            similares, de madera; estatuillas y demás
            objetos de adorno, de madera; artículos de
            mobiliario, de madera, no comprendidos en el
            Capítulo 94.
            4420.90.00Los demásMadera de los países participantes
            4421Las demás manufacturas de madera.
            4421.90Las demás
            4421.90.1Canillas, carretes y bobinas para la hilatura o
            el tejido o para hilo de coser y artículos
            similares, de madera torneada:
            4421.90.11Para la industria textilMadera de los países participantes
            Obs.: Bobinas
            4421.90.90Las demásMadera de los países participantes
            Obs.: Adoquines
            4704Pasta química de madera al sulfito, excepto la
            pasta para disolver.
            4704.1Cruda:
            4704.11.00De coníferasMadera de los países participantes
            4704.2Semiblanqueada o blanqueada:
            4704.21.00De coníferasMadera de los países participantes
            4801Papel prensa en bobinas (rollos) o en hojas.
            4801.00.00Papel prensa en bobinas (rollos) o en hojas.Pasta mecánica de los países participantes
            Obs.: De pasta mecánica y gramaje de hasta 57 g/m2 inclusive
            **4814Papel para decorar y revestimientos similares de paredes; papel para vidrieras.
            **4814.10.00Papel granito (“ingrain”)Procesos a partir de pasta mecánica
            **4814.20.00Papel para decorar y revestimientos similares de paredes, constituidos por papel recubierto o revestido, en la cara vista, con una capa de plástico graneada, gofrada, coloreada, impresa con motivos o decorada de otro modoProcesos a partir de pasta mecánica
            **4814.30.00Papel para decorar y revestimientos similares de paredes, constituidos por papel revestido en la cara vista con materia trenzable, incluso tejida en forma plana o paralelizadaProcesos a partir de pasta mecánica
            **4814.90Los demás
            **4814.90.1Papeles para decorar y revestimientos similares de paredes:
            **4814.90.11LincrustaProcesos a partir de pasta mecánica
            **4814.90.19Los demásProcesos a partir de pasta mecánica
            **4814.90.20Papel para vidrierasProcesos a partir de pasta mecánica
            6305Sacos (bolsas) y talegas, para envasar.
            6305.90.00De las demás materias textilesHenequén de los países participantes
            6809Manufacturas de yeso fraguable o de preparaciones
            a base de yeso fraguable.
            6809.1Placas, hojas, paneles, losetas y artículos
            similares, sin adornos:
            6809.11.00Revestidos o reforzados exclusivamente con papelYeso y cartón o papel de los países participantes
            o cartón
            7106Plata (incluida la plata dorada y la platinada)
            en bruto, semilabrada o en polvo.
            7106.9Las demás:
            7106.91.00En brutoMineral de los países participantes
            7117BISUTERIA
            7117.90.00Las demásMadera de los países participantes
            Obs.: Talladas a mano o torneadas
            7208Productos laminados planos de hierro o acero sin
            alear, de anchura superior o igual a 600 mm,
            laminados en caliente, sin chapar ni revestir.
            *7208.10.00Enrollados, simplemente laminados en caliente,)
            con motivos en relieve)
            7208.2Los demás, enrollados, simplemente laminados en)
            caliente, decapados:)
            *7208.25.00De espesor superior o igual a 4,75 mm)
            *7208.26.00De espesor superior o igual a 3 mm pero inferior)
            a 4,75 mm)
            *7208.27.00De espesor inferior a 3 mm)
            7208.3Los demás, enrollados, simplemente laminados en)
            caliente:)
            *7208.36.00De espesor superior a 10 mm)Deberán ser producidos a partir de los productos incluidos en la partida 7206, fundidos o transformados en lingotes en los países participantes
            *7208.37.00De espesor superior o igual a 4,75 mm pero)
            inferior o igual a 10 mm)
            *7208.38.00De espesor superior o igual a 3 mm pero inferior)
            a 4,75 mm)
            *7208.39.00De espesor inferior a 3 mm)
            *7208.40.00Sin enrollar, simplemente laminados en caliente,)
            con motivos en relieve)
            7208.5Los demás, sin enrollar, simplemente laminados en)
            caliente:)
            *7208.51.00De espesor superior a 10 mm)
            *7208.52.00De espesor superior o igual a 4,75 mm pero)
            inferior o igual a 10 mm)
            *7208.53.00De espesor superior o igual a 3 mm pero inferior)
            a 4,75 mm)
            *7208.54.00De espesor inferior a 3 mm)
            *7208.90.00Los demás)
            7209Productos laminados planos de hierro o acero sin)
            )
            alear, de anchura superior o igual a 600 mm,)
            laminados en frío, sin chapar ni revestir.)
            7209.1Enrollados, simplemente laminados en frío:)
            *7209.15.00De espesor superior o igual a 3 mm)
            *7209.16.00De espesor superior a 1 mm pero inferior a 3 mm)
            *7209.17.00De espesor superior o igual a 0,5 mm pero)Deberán ser producidos a partir de los productos incluidos en la partida 7206, fundidos a transformados en lingotes en los países participantes
            inferior o igual a 1 mm)
            *7209.18.00De espesor inferior a 0,5 mm
            7209.2Sin enrollar, simplemente laminados en frío:)
            *7209.25.00De espesor superior o igual a 3 mm)
            *7209.26.00De espesor superior a 1 mm pero inferior a 3 mm)
            *7209.27.00De espesor superior o igual a 0,5 mm pero)
            inferior o igual a 1 mm)
            *7209.28.00De espesor inferior a 0,5 mm)
            *7209.90.00Los demás)
            7210Productos laminados planos de hierro o acero sin)
            alear, de anchura superior o igual a 600 mm,)
            chapados o revestidos.)
            7210.1Estañados:)
            *7210.11.00De espesor superior o igual a 0,5 mm)
            *7210.12.00De espesor inferior a 0,5 mm)
            *7210.20.00Emplomados, incluidos los revestidos con una)
            aleación de plomo y estaño)
            *7210.30.00Cincados electrolíticamente)
            7210.4Cincados de otro modo:)
            *7210.41.00Ondulados)
            *7210.49.00Los demás)
            *7210.50.00Revestidos de óxidos de cromo o de cromo y óxidos)
            de cromo)
            7210.6Revestidos de aluminio:)
            *7210.61.00Revestidos de aleaciones de aluminio y cinc)
            *7210.69.00Los demás)
            *7210.70.00Pintados, barnizados o revestidos de plástico)
            *7210.90.00Los demás)
            7211Productos laminados planos de hierro o acero sin)
            alear, de anchura inferior a 600 mm, sin chapar)
            ni revestir.)
            7211.1Simplemente laminados en caliente:)
            *7211.13.00Laminados en las cuatro caras o en acanaladuras)
            cerradas, de anchura superior a 150 mm y espesor)
            superior o igual a 4 mm, sin enrollar y sin)
            motivos en relieve)
            *7211.14.00Los demás, de espesor superior o igual a 4,75 mm)
            *7211.19.00Los demás)
            7211.2Simplemente laminados en frío:)Deberán ser producidos a partir de los productos incluidos en la partida 7206, fundidos a transformados en lingotes en los países participantes
            *7211.23.00Con un contenido de carbono inferior al 0,25% en)
            peso)
            *7211.29.00Los demás)
            *7211.90.00Los demás)
            7212Productos laminados planos de hierro o acero sin)
            alear, de anchura inferior a 600 mm, chapados o)
            revestidos.)
            *7212.10.00Estañados)
            *7212.20.00Cincados electrolíticamente)
            *7212.30.00Cincados de otro modo)
            *7212.40.00Pintados, barnizados o revestidos de plástico)
            *7212.50.00Revestidos de otro modo)
            *7212.60.00Chapados)
            7213Alambrón de hierro o acero sin alear.)
            *7213.10.00Con muescas, cordones, surcos o relieves,)
            producidos en el laminado)
            *7213.20.00Los demás, de acero de fácil mecanización)
            7213.9Los demás:)
            *7213.91.00De sección circular con diámetro inferior a 14 mm)
            *7213.99.00Los demás)
            7214Barras de hierro o acero sin alear, simplemente)
            forjadas, laminadas o extrudidas, en caliente,)
            así como las sometidas a torsión después del)
            laminado.)
            *7214.10.00Forjadas)
            *7214.20.00Con muescas, cordones, surcos o relieves,)
            producidos en el laminado o sometidas a torsión)Deberán ser producidos a partir de los productos incluidos en la partida 7206, fundidos a transformados en lingotes en los países participantes
            después del laminado)
            *7214.30.00Las demás, de acero de fácil mecanización)
            7214.9Las demás:)
            *7214.91.00De sección transversal rectangular)
            *7214.99.00Las demás)
            7215Las demás barras de hierro o acero sin alear.)
            *7215.10.00De acero de fácil mecanización, simplemente)
            obtenidas o acabadas en frío)
            *7215.50.00Las demás, simplemente obtenidas o acabadas en)
            frío)
            *7215.90.00Las demás)
            7216Perfiles de hierro o acero sin alear.)
            *7216.10.00Perfiles en U, en I o en H, simplemente laminados)
            o extrudidos en caliente, de altura inferior a 80)
            mm)
            7216.2Perfiles en L o en T, simplemente laminados o)
            extrudidos en caliente, de altura inferior a 80)
            mm:)
            *7216.21.00Perfiles en L)
            *7216.22.00Perfiles en T)
            7216.3Perfiles en U, en I o en H, simplemente laminados)
            o extrudidos en caliente, de altura superior o)
            igual a 80 mm:)
            *7216.31.00Perfiles en U)
            *7216.32.00Perfiles en I)
            *7216.33.00Perfiles en H)
            *7216.40.00Perfiles en L o en T, simplemente laminados o)
            extrudidos en caliente, de altura superior o)
            igual a 80 mm)
            *7216.50.00Los demás perfiles, simplemente laminados o)
            extrudidos en caliente)
            7216.6Perfiles simplemente obtenidos o acabados en)
            frío:)
            *7216.61.00Obtenidos a partir de productos laminados planos)
            *7216.69.00Los demás)Deberán ser producidos a partir de los productos incluidos en la partida 7206, fundidos a transformados en lingotes en los países participantes
            7216.9Los demás:)
            *7216.91.00Obtenidos o acabados en frío, a partir de)
            Productos laminados planos)
            *7216.99.00Los demás)
            7217Alambre de hierro o acero sin alear.)
            *7217.10.00Sin revestir, incluso pulido)
            *7217.20.00Cincado)
            *7217.30.00Revestido de otro metal común)
            *7217.90.00Los demás)
            7218Acero inoxidable en lingotes o demás formas)
            primarias; productos intermedios de acero)
            inoxidable.)
            *7218.10.00Lingotes o demás formas primarias)
            7218.9Los demás:)
            *7218.91.00De sección transversal rectangular)
            *7218.99.00Los demás)
            7219Productos laminados planos de acero inoxidable,)
            de anchura superior o igual a 600 mm.)
            7219.1Simplemente laminados en caliente, enrollados:)
            *7219.11.00De espesor superior a 10 mm)
            *7219.12.00De espesor superior o igual a 4,75 mm pero)
            inferior o igual a 10 mm)
            *7219.13.00De espesor superior o igual a 3 mm pero inferior)
            a 4,75 mm)
            *7219.14.00De espesor inferior a 3 mm)
            7219.2Simplemente laminados en caliente, sin enrollar:)
            *7219.21.00De espesor superior a 10 mm)
            *7219.22.00De espesor superior o igual a 4,75 mm pero)
            inferior o igual a 10 mm)
            *7219.23.00De espesor superior o igual a 3 mm pero inferior)
            a 4,75 mm)
            *7219.24.00De espesor inferior a 3 mm)
            7219.3Simplemente laminados en frío:)
            *7219.31.00De espesor superior o igual a 4,75 mm)
            *7219.32.00De espesor superior o igual a 3 mm pero inferior)Deberán ser producidos a partir de los productos incluidos en la partida 7206, fundidos a transformados en lingotes en los países participantes
            a 4,75 mm)
            *7219.33.00De espesor superior a 1 mm pero inferior a 3 mm)
            *7219.34.00De espesor superior o igual a 0,5 mm pero)
            inferior o igual a 1 mm)
            *7219.35.00De espesor inferior a 0,5 mm)
            *7219.90.00Los demás)
            7220Productos laminados planos de acero inoxidable,)
            de anchura inferior a 600 mm.)
            7220.1Simplemente laminados en caliente:)
            *7220.11.00De espesor superior o igual a 4,75 mm)
            *7220.12.00De espesor inferior a 4,75 mm)
            *7220.20.00Simplemente laminados en frío)
            *7220.90.00Los demás)
            7221Alambrón de acero inoxidable.)
            *7221.00.00Alambrón de acero inoxidable.)
            7222Barras y perfiles, de acero inoxidable.)
            7222.1Barras simplemente laminadas o extrudidas en)
            caliente:)
            *7222.11.00De sección circular)
            *7222.19.00Las demás)
            *7222.20.00Barras simplemente obtenidas o acabadas en frío)
            *7222.30.00Las demás barras)
            *7222.40.00Perfiles)
            7223Alambre de acero inoxidable.)
            *7223.00.00Alambre de acero inoxidable.)
            7224Los demás aceros aleados en lingotes o demás)
            formas primarias; productos intermedios de los)
            demás aceros aleados.)
            *7224.10.00Lingotes o demás formas primarias)Deberán ser producidos a partir de los productos incluidos en la partida 7206, fundidos a transformados en lingotes en los países participantes
            *7224.90.00Los demás)
            7225Productos laminados planos de los demás aceros)
            aleados, de anchura superior o igual a 600 mm.)
            7225.1De acero al silicio llamado "magnético" (acero)
            magnético al silicio)4:)
            *7225.11.00De grano orientado)
            *7225.19.00Los demás)
            *7225.20.00De acero rápido)
            *7225.30.00Los demás, simplemente laminados en caliente,)
            Enrollados)
            *7225.40.00Los demás, simplemente laminados en caliente, sin)
            Enrollar)
            *7225.50.00Los demás, simplemente laminados en frío)
            7225.9Los demás:)
            *7225.91.00Cincados electrolíticamente)
            *7225.92.00Cincados de otro modo)
            *7225.99.00Los demás)
            7226Productos laminados planos de los demás aceros)
            aleados, de anchura inferior a 600 mm.)
            7226.1De acero al silicio llamado "magnético" (acero)
            magnético al silicio)4:)
            *7226.11.00De grano orientado)
            *7226.19.00Los demás)
            *7226.20.00De acero rápido)
            7226.9Los demás:)
            *7226.91.00Simplemente laminados en caliente)
            *7226.92.00Simplemente laminados en frío)
            *7226.93.00Cincados electrolíticamente)
            *7226.94.00Cincados de otro modo)
            *7226.99.00Los demás)
            7227Alambrón de los demás aceros aleados.)
            *7227.10.00De acero rápido)
            *7227.20.00De acero silicomanganeso)
            *7227.90.00Los demás)Deberán ser producidos a partir de los productos incluidos en la
            7228Barras y perfiles, de los demás aceros aleados;)partida 7206, fundidos a transformados en lingotes en los países
            barras huecas para perforación, de aceros aleados)participantes
            o sin alear.)
            *7228.10.00Barras de acero rápido)
            *7228.20.00Barras de acero silicomanganeso)
            *7228.30.00Las demás barras, simplemente laminadas o)
            extrudidas en caliente)
            *7228.40.00Las demás barras, simplemente forjadas)
            *7228.50.00Las demás barras, simplemente obtenidas o)
            acabadas en frío)
            *7228.60.00Las demás barras)
            *7228.70.00Perfiles)
            *7228.80.00Barras huecas para perforación)
            7229Alambre de los demás aceros aleados.)
            *7229.10.00De acero rápido)
            *7229.20.00De acero silicomanganeso)
            *7229.90.00Los demás)
            73MANUFACTURAS DE FUNDICION, HIERRO O ACERO)
            7301Tablestacas de hierro o acero, incluso perforadas)
            o hechas con elementos ensamblados; perfiles de)
            hierro o acero obtenidos por soldadura.)
            7301.10.00Tablestacas)
            7401Matas de cobre; cobre de cementación (cobre)
            precipitado).)
            7401.10.00Matas de cobreMineral de los países participantes
            7402Cobre sin refinar; ánodos de cobre para refinado
            electrolítico.
            7402.00.1Cobre sin refinar:
            7402.00.11Cobre blisterMineral de los países participantes
            7402.00.12Cobre negroMineral de los países participantes
            7403Cobre refinado y aleaciones de cobre, en bruto.
            7403.1Cobre refinado:
            7403.11.00Cátodos y secciones de cátodos)Cobre "blister" o refinado de los países participantes.
            7403.13.00Tochos) Excepcionalmente se considerarán como originarios de los países
            7403.19.00Los demás)participantes los “billets” y "cakes" de cobre producidos en terceros
            Obs.: Excepto granallas) países utilizando exclusivamente cobre "blister" o refinado de los )países participantes.
            8106Bismuto y sus manufacturas, incluidos los
            desperdicios y desechos.
            8106.00.00Bismuto y sus manufacturas, incluidos losMineral de los países participantes
            desperdicios y desechos.
            Obs.: En bruto
            8107Cadmio y sus manufacturas, incluidos los
            desperdicios y desechos.
            8107.10.00Cadmio en bruto; desperdicios y desechos; polvoMineral de los países participantes
            Obs.: En bruto
            8110Antimonio y sus manufacturas, incluidos los
            desperdicios y desechos.
            8110.00.00Antimonio y sus manufacturas, incluidos losMineral de los países participantes
            desperdicios y desechos.
            Obs.: En bruto
            **8407Motores de émbolo (pistón) alternativo y motores rotativos, de encendido por chispa (motores de explosión).
            **8407.10.00Motores de aviación)
            Motores para la propulsión de barcos:)
            **8407.21.00Del tipo fueraborda)
            **8407.29.00Los demás)
            Motores de émbolo (pistón) alternativo del tipo de los utilizados para la propulsión de vehículos del Capítulo 87:)
            )
            **8407.31.00De cilindrada inferior o igual a 50 cm3)
            **8407.32.00De cilindrada superior a 50 cm3 pero inferior o igual a 250 cm3)
            )
            **8407.33.00De cilindrada superior a 250 cm3 pero inferior o igual a 1000 cm3)No se requiere cambio de clasificación arancelaria a la partida 8407 )a 8408, cumpliendo con un contenido regional no menor a 50%
            **8407.34.00De cilindrada superior a 1.000 cm3)
            **8407.90.00Los demás motores)
            **8408Motores de émbolo (pistón) de encendido por compresión (motores Diesel o semi-Diesel).)
            )
            **8408.10.00Motores para la propulsión de barcos)
            **8408.20.00Motores del tipo de los utilizados para la propulsión de vehículos del Capítulo 87)
            )
            **8408.90.00Los demás motores)
            8466Partes y accesorios identificables como
            destinados, exclusiva o principalmente, a las
            máquinas de las partidas 84.56 a 84.65,
            Incluidos los portapiezas y portaútiles,
            Dispositivos de roscar de apertura automática,
            Divisores y demás dispositivos especiales para
            Montar en máquinas herramienta; portaútiles para
            herramientas de mano de cualquier tipo.
            8466.30.00Divisores y demás dispositivos especiales para montar en máquinas herramienta
              Obs: Aparatos neumáticos o hidráulicos y sus controles eléctricos empleados exclusivamente para automatizar el funcionamiento de máquinas, aparatos y artefactos mecánicos
              Obs: Dispositivos neumáticos o hidráulicos y sus controles eléctricos, empleados exclusivamente para automatizar su funcionamiento
              Deberán contener materiales de los países participantes que representen más del 50% del valor total “de fábrica” excluido montajes y pruebas, de los empleados en su elaboración, con excepción de los cilindros hidráulicos y los neumáticos clasificados en los ítem: 8466.93.00 / 8466.94.00 /8479.82.00 y 8479.89.00 que reúnan las características más abajo indicadas, excluyendo las camisas para cilindros, los que deberán ser producidos totalmente con materias primas y partes de los países participantes. Dichas características son las siguientes:
              Cilindros hidráulicos:
              Diámetro interior del cilindro de 1 1/2 a 8 pulgadas.
              Presión de trabajo 1000 libras por pulgada cuadrada.
              Amplitud de operación de 20 bajo cero hasta 180 Fahrenheit.
              Colchón acelerador ajustable.
              Cilindros neumáticos:
              Diámetro interior del cilindro de 1 1/2 a 8 pulgadas.
              Presión máxima de trabajo hasta 200 libras por pulgada cuadrada.
              Límite de temperatura de operación de 20 bajo cero hasta 180 Fahrenheit.
              Colchón acelerador ajustable.
          8479Máquinas y aparatos mecánicos con función propia,
          no expresados ni comprendidos en otra parte de
          este Capítulo.
          8479.8Las demás máquinas y aparatos:
          8479.89.00Los demás

          Obs: Aparatos neumáticos o hidráulicos y sus controles eléctricos empleados exclusivamente para automatizar el funciona- miento de máquinas, aparatos y artefactos mecánicos-
          Deberán contener materiales de los países participantes que representen más del 50% del valor total "de fábrica" excluido montajes y pruebas, de los empleados en su elaboración, con excepción de los cilindros hidráulicos y los neumáticos clasificados en los ítem: 8466.93.00 / 8466.94.00 / 8479.82.00 y 8479.89.00 que reúnan las características más abajo indicadas, excluyendo las camisas para cilindros, los que deberán ser producidos totalmente con materias primas y partes de los países signatarios. Dichas características son las siguientes:
          Cilindros hidráulicos:
          Diámetro interior del cilindro de 1 1/2 a 8 pulgadas.
          Presión de trabajo 1000 libras por pulgada cuadrada.
          Amplitud de operación de 20 bajo cero hasta 180 Fahrenheit.
          Colchón acelerador ajustable.
          Cilindros neumáticos:
          Diámetro interior del cilindro de 1 1/2 a 8 pulgadas.
          Presión máxima de trabajo hasta 200 libras por pulgada cuadrada.
          Límite de temperatura de operación de 20 bajo cero hasta 180 Fahrenheit.
          Colchón acelerador ajustable.
          8481Artículos de grifería y órganos similares para
          tuberías, calderas, depósitos, cubas o
          continentes similares, incluidas las válvulas
          reductoras de presión y las válvulas
          termostáticas.
          8481.80Los demás artículos de grifería y órganos
          similares
          8481.80.90Los demás
            Obs: Válvulas para control de dispositivos y automatización de máquinas
              Obs: Válvulas de comando neumáticas impulsoras empleadas exclusivamente para automatizar el funcionamiento de máquinas, aparatos y artefactos mecánicos
              Deberán contener materiales de los países participantes que representen más del 50% del valor total "de fábrica", excluido montajes y pruebas, de los empleados en su elaboración, con excepción de las válvulas de control y comando comprendidas en los ítem 8481.10.00 / 8481.20.00 / 8481.30.00 / 8481.40.00 y 8481.80.90 que reúnan las especificaciones señaladas en los párrafos posteriores, las que deberán ser producidas con materias primas y partes de los países participantes que representen el 90 % del total de los materiales empleados en su elaboración
              Válvulas neumáticas:
              Orificio de salida de 1/4 a 1 1/2 pulgadas.
              Presión máxima de trabajo hasta 200 libras por pulgada cuadrada.
              Accionados a base de pedal o piloto.
              Para servicio de 3 ó 4 vías.
              Válvulas hidráulicas, de alivio, reguladoras de flujo y reguladoras de presión:
              Orificio de salida de 3/4 a 1 1/2 pulgadas.
              Presión de trabajo de 2000 a 5000 libras por pulgada cuadrada.
              Accionadas a base de pedal o piloto.
              Para servicio de 2, 3 y 4 vías.
              8532Condensadores eléctricos fijos, variables o ajustables
              8532.30.00Condensadores variables o ajustables

              Obs: Condensadores variables de radiofrecuencia, con dieléctrico de aire
              Deberán ser producidos a partir de materiales de los países participantes, excepto esferas de acero y aluminio laminado.
              **9301.00.00Armas de guerra, excepto los revólveres, pistolas y armas blancas.)
              )
              **9302.00.00Revólveres y pistolas, excepto los de las partidas 93.03 ó 93.04.)
              )
              **9303Las demás armas de fuego y artefactos similares que utilicen la deflagración de pólvora (por ejemplo: armas de caza, armas de avancarga, pistolas lanzacohete y demás artefactos concebidos únicamente para lanzar cohetes de señal, pistolas y revólveres de fogueo, pistolas de matarife, cañones lanzacabo).)
              )
              )
              )
              )
              )
              **9303.10.00Armas de avancarga)
              **9303.20.00Las demás armas largas de caza o tiro deportivo que tengan, por lo menos, un cañón de ánima lisa)
              )
              **9303.30.00Las demás armas largas de caza o tiro deportivo) Un cambio a la partida 9301 a 9307 de cualquier otro capítulo; o no )se requiere cambio de clasificación arancelaria a la partida 9301 a )9307 cumpliendo con un contenido regional no menor a 50%
              **9303.90.00Las demás)
              **9304.00.00Las demás armas (por ejemplo: armas largas y pistolas de muelle (resorte), aire comprimido o gas, porras), excepto las de la partida 93.07.)
              )
              )
              **9305Partes y accesorios de los artículos de las partidas 93.02 a 93.04)
              )
              )
              **9305.10.00De revólver o pistola)
              De armas largas de la partida 93.03:)
              **9305.21.00Cañones de ánima lisa)
              **9305.29.00Los demás)
              **9305.90.00Los demás)
              **9306Bombas, granadas, torpedos, minas, misiles, cartuchos y demás municiones y proyectiles, y sus partes, incluidas las postas, perdigones y tacos para cartuchos.)
              )
              )
              **9306.10.00Cartuchos para “pistolas” de remachar o usos similares, para pistolas de matarife, y sus partes)
              )
              Cartuchos para armas largas con cañón de ánima lisa y sus partes; balines para armas de aire comprimido:)
              )
              **9306.21.00Cartuchos) Un cambio a la partida 9301 a 9307 de cualquier otro capítulo; o no )se requiere cambio de clasificación arancelaria a la partida 9301 a )9307 cumpliendo con un contenido regional no menor a 50%
              **9306.29.00Los demás)
              **9306.30.00Los demás cartuchos y sus partes)
              **9306.90.00Los demás)
              **9307.00.00Sables, espadas, bayonetas, lanzas y demás armas blancas, sus partes y fundas.)
              )
              9406Construcciones prefabricadas.
              9406.00.10De maderaMadera de los países participantes
              **9406.00.90Las demásNo se requiere cambio de clasificación arancelaria a la partida 9406, cumpliendo con un contenido regional no menor a 50%


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              ARCHIVO MAGNÉTICO
              ACE N° 5-México-Uruguay-15° Protocolo Adicional-Anexo IV.doc