...REGIMENES DE ORIGEN
NORMAS DE ORIGEN
REGIMEN GENERAL
>>FIRMAS HABILITADAS

De conformidad con lo establecido en el Régimen General de Origen, para que las mercancías puedan beneficiarse de los tratamientos preferenciales pactados en los Acuerdos suscritos al amparo del Tratado de Montevideo, estas deberán acompañarse de una declaración que acredite el cumplimiento de los requisitos de origen.

Esta declaración podrá ser expedida por el productor final o por el exportador de la mercancía y deberá ser certificada por una repartición oficial o entidad gremial con personalidad jurídica, habilitada por el gobierno del país exportador, cuya relación se comunica a la Secretaría General de la ALADI, que mantiene un registro actualizado de las reparticiones oficiales y entidades gremiales habilitadas por los países miembros así como las nóminas de funcionarios autorizados y sus correspondientes firmas autógrafas.

Esta sección contiene el citado registro, que puede ser consultado por país, organismo o funcionario.

En el siguiente cuadro se indica para cada país el último documento oficial de la Secretaría General, a través del cual se publicó la comunicación remitida por la Representación Permanente ante ALADI, con modificaciones al citado registro.

PaísFechaDocumento
Argentina10/03/2025ALADI/CR/di 5729
Bolivia07/10/2025ALADI/CR/di 5837
Brasil 07/10/2025ALADI/CR/di 5838
Chile19/03/2025ALADI/CR/di 5736
Colombia19/05/2025ALADI/CR/di 5765
Cuba19/01/2022ALADI/CR/di 5248
Ecuador07/10/2025ALADI/CR/di 5836
México22/05/2025ALADI/CR/di 5767
Paraguay26/06/2025ALADI/CR/di 5786
Perú18/09/2025ALADI/CR/di 5831
Uruguay0/08/2025ALADI/CR/di 5811
Venezuela26/10/2021ALADI/CR/di 5209


Referencias:


Una vez que ingrese al país seleccionado, la información presentada consta de cuatro columnas, las cuales se refieren a:

Primera columna
- Organismo/Nombre del funcionario: incluye la nómina ordenada en forma alfabética de organismos y funcionarios vigentes y no vigentes

Segunda columna
- Comunicación de la Representación Permanente ante ALADI publicada como ALADI/CR/di: se refiere a la nota remitida por la Representación Permanente ante ALADI con las modificaciones en la nómina de organismos y funcionarios de su país, que se publica como documento informativo por parte de la Secretaría General.

Tercera y cuarta columnas
- Fechas de habilitación y cese: se señala la fecha a partir de la cual el funcionario está habilitado a expedir certificados de origen y la fecha en la cual queda inhabilitado.