Para el caso de una operación comercial, el procedimiento de canalización es el siguiente:
En la fecha de pago de una transacción, el exportador debe ser reembolsado por su banco comercial contra la presentación de los instrumentos financieros. A su vez, el banco comercial del exportador obtiene el reembolso del Banco Central de su país y éste último asienta un crédito a su favor y un débito a cargo del Banco Central del país del importador, por cuenta del cual efectuó el pago. El Banco Central que fue debitado debe ser reembolsado por el banco comercial del importador, y éste por el propio importador.