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ALADI > Acuerdos Actuales


AAP.PC 18 - Primer Protocolo Adicional



Síntesis


Incorpora disposiciones en materia de cooperación y asistencia mutua aduanera, particularmente en lo relativo a intercambio de información en línea.


Fecha de suscripción


12 - Agosto - 2010


Fecha de depósito


4 - Agosto - 2014


Cláusulas de vigencia


Artículo 4.- El presente Protocolo entrará en vigor a partir de la fecha de su protocolización en la Secretaría General de la ALADI y tendrá duración indefinida. Para estos efectos deberá ser incorporado a la legislación interna de Perú y Chile, de conformidad con sus respectivas normativas nacionales; y comunicada a la Secretaría General de la ALADI, quien notificará a dichos países la fecha de la citada protocolización.


Disposiciones de internalización


CHILE: Nota conjunta No. 70/14 y 7-5-Z/22 de 4/08/2014 (CR/di 3953) y Nota N° 017/15 de 04/03/2015 (CR/di 3953.1)
Perú: Nota conjunta No. 70/14 y 7-5-Z/22 de 4/08/2014 (CR/di 3953)



Entrada en vigor


4/08/2014



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