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ALADI > Acuerdos Actuales


AAP.A25TM 20 - Acuerdo



Síntesis


El Acuerdo tiene por objeto estimular el comercio mediante el otorgamiento de preferencias arancelarias y la eliminación o dIsminución de restricciones no arancelarias.


Fecha de suscripción


4 - Agosto - 1989


Fecha de depósito





Cláusulas de vigencia


Artículo 20.- El presente Acuerdo entrará en vigencia en un período no mayor de sesenta días (60) , a partir de la fecha de su firma, tendrá una duración de tres (3) años y será automáticamente prorrogado por igual número de años, salvo manifestación expresa en contrario de alguno de sus signatarios, con seis (6) meses de anticipación a su vencimiento
Artículo 21.- El presente Acuerdo entrará en vigencia una vez que ambos gobiernos hayan notificado, a través de la vía diplomática, que han cumplido los requisitos legales internos.



Disposiciones de internalización


VENEZUELA: Nota N° 250/92 de 02/06/1992- Gaceta Oficial N° 34.295 del 31/08/89 (CR/di 139.5).
TRINIDAD Y TOBAGO: No se cuenta con información



Entrada en vigor


31/08/1989



ALADI
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