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ALADI > Acuerdos Actuales


AAP.CE 35 - 41. Cuadragésimo Primer Protocolo Adicional



Síntesis


Amplia el Programa de Liberación del Acuerdo, mediante la incorporación de las preferencias acordadas bilateralmente entre la República del Paraguay y la República de Chile


Fecha de suscripción


20 - Setiembre - 2005


Fecha de depósito


20 - Setiembre - 2005


Cláusulas de vigencia


Artículo 2°.- El presente Protocolo entrará en vigor 30 días después de la fecha en que la Secretaría General de la ALADI comunique a los países signatarios la recepción de la notificación de Chile y Paraguay, relativa al cumplimiento de las disposiciones legales internas para su puesta en vigor.


Disposiciones de internalización


ARGENTINA: No se cuenta con información.
BRASIL: Nota N° 69 de 15/03/2006 - Decreto N° 5720 de 13/03/06 (CR/di 2222).
CHILE: Nota N° 065/05 de 17/11/2005 (CR/di 2136).
PARAGUAY: Nota RP/ALADI-MERCOSUR/4/204/05 de 21/11/2005 - Decreto Nº 6.598 de 15/11/2005 (CR/di 2137).
URUGUAY: No se cuenta con información.



Entrada en vigor


21/12/2005



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