Inicio / Acuerdos de países miembros


AAP.CE 2 - 60. Sexagésimo Protocolo Adicional Rectificado



Síntesis


Establece reglas para el comercio bilateral en el sector automotor, hasta la efectiva de entrada en vigencia de la Política Automotriz del MERCOSUR.


Fecha de suscripción


11 - Julio - 2002


Fecha de depósito


11 - Julio - 2002


Cláusulas de vigencia


Artículo 19.- Entrada en vigencia
Este Protocolo entrará en vigencia a partir del 11 de julio de 2002 y regirá hasta la efectiva entrada en vigor de la Política Automotriz del MERCOSUR.



Disposiciones de internalización


Brasil: Nota N° 187 de 15/10/02- Decreto 4.421 de 14/10/02 (CR/di 1499)
Uruguay: Nota N° 073/03 de 25/02/03- Decreto N° 663/85 del 27/11/85 (CR/di 1581).



Entrada en vigor


11/07/2002