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ALADI > Acuerdos Actuales


AAP.CE 18 - 77.Septuagésimo Séptimo Protocolo Adicional



Síntesis


Protocolización de la Decisión Nº 01/09 del Consejo del Mercado Común relativa al “Régimen de Origen MERCOSUR”
Consolida las normas referidas al Régimen de Origen del MERCOSUR.



Fecha de suscripción


17 - Diciembre - 2010


Fecha de depósito


17 - Diciembre - 2010


Cláusulas de vigencia


Artículo 2º.- El presente Protocolo entrará en vigor 30 días después de la notificación de la Secretaría General de la ALADI a los países signatarios de que recibió la comunicación de la Secretaría del MERCOSUR, informando la incorporación de la norma MERCOSUR y de su correspondiente Protocolo Adicional a los ordenamientos jurídicos de los cuatro Estados Partes del MERCOSUR.

La Secretaría General de la ALADI deberá efectuar dicha notificación, en lo posible, el mismo día de recibida la comunicación de la Secretaría del MERCOSUR.

Artículo 3º.- Una vez en vigor, el presente Protocolo Adicional derogará los Protocolos Adicionales al Acuerdo de Complementación Económica N° 18, Nos. Cuadragésimo Cuarto, Quincuagésimo Tercero, Quincuagésimo Cuarto, Quincuagésimo Octavo, Sexagésimo Primero, Sexagésimo Segundo, Sexagésimo Tercero, Septuagésimo Tercero, Septuagésimo Quinto y Septuagésimo Sexto.



Disposiciones de internalización


Argentina: Nota de la Secretaría del MERCOSUR N° SM/364/15 de 28/05/2015 (CR/di 4120)
Brasil: Nota de la Secretaría del MERCOSUR N° SM/364/15 de 28/05/2015 (CR/di 4120)
Paraguay:Nota de la Secretaría del MERCOSUR N° SM/364/15 de 28/05/2015 (CR/di 4120)
Uruguay:Nota de la Secretaría del MERCOSUR N° SM/364/15 de 28/05/2015 (CR/di 4120)



Entrada en vigor


27/06/2015



APÉNDICE I
LISTADO DE ITEM NCM SA 2007 SUJETOS A REQUISITOS ESPECIFICOS DE ORIGEN
Los ítem arancelarios que no se encuentren listados en el presente Apéndice, estarán sujetos a las disposiciones previstas en el Articulo 3º literales a) a f)

__________________

APÉNDICE II
CERTIFICADO DE ORIGEN DEL MERCOSUR

_________________

APÉNDICE III
INSTRUCTIVO PARA LAS ENTIDADES HABILITADAS PARA LA EMISION DE CERTIFICADOS DE ORIGEN

__________________

APÉNDICE IV
INSTRUCTIVO PARA EL CONTROL DE CERTIFICADOS DE ORIGEN DEL MERCOSUR POR PARTE DE LAS ADMINISTRACIONES ADUANERAS

_____________________

APÉNDICE V
AUTORIDADES COMPETENTES PARA LA APLICACIÓN DEL CAPÍTULO VII

________________

APÉNDICE VI

FORMULARIO PARA SOLICITAR MODIFICACIONES DE LOS REQUISITOS DE ORIGEN EN EL MERCOSUR
____________________

APÉNDICE VII

DECLARACIÓN DE UTILIZACIÓN DE MATERIALES



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