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ALADI > Acuerdos Actuales


AAP.CE 22 - 15. Décimo Quinto Protocolo Adicional



Síntesis


Amplia y profundiza el programa de liberación del Acuerdo, para cuyo fin Chile otorgará el cien por ciento (100%) de preferencia arancelaria a las importaciones de cualquier producto originario de Bolivia, excepto aquellos contenidos en el Anexo del presente Protocolo.


Fecha de suscripción


15 - Marzo - 2006


Fecha de depósito





Cláusulas de vigencia


Artículo 6º.- El presente Protocolo entrará en vigor 30 días después de la fecha en que la Secretaría General de la ALADI comunique a los países signatarios la recepción de la última notificación del cumplimiento de las disposiciones legales respectivas para la incorporación del presente Protocolo Adicional al ordenamiento jurídico interno.


Disposiciones de internalización


Bolivia: Nota Nº 055/06 de 07/11/2006 - Decreto Supremo No.28890 de 18/10/2006 (CR/di 2350) y Nota REPBOL-ALADI/58/06 de 14/11/2006 (CR/di 2350.1).
Chile:Nota Nº 061/06 de 07/08/2006 (CR/di 2296)



Entrada en vigor


8/12/2006



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