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ALADI > Acuerdos Actuales


AAP.CE 40 - Segundo Protocolo Adicional



Síntesis


Ampliación y profundización de las preferencias


Fecha de suscripción


20 - Diciembre - 2002


Fecha de depósito


20 - Diciembre - 2002


Cláusulas de vigencia


Artículo 4°.- El presente Protocolo entrará en vigor en la fecha en que los países signatarios comuniquen a la Secretaría General de la ALADI que lo han incorporado a sus respectivos ordenamientos jurídicos internos. A tal efecto, las Partes Signatarias, conforme a sus legislaciones, podrán disponer la aplicación provisional de este Protocolo, hasta tanto se cumplan los trámites para su entrada en vigor.


Disposiciones de internalización


Cuba: No se cuenta con información..
Venezuela: Nota N° 028/04 , Decreto 2671 de 28 de octubre de 2003 (CR/di 1739)



Entrada en vigor


No entró en vigor.





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