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ALADI > Acuerdos Actuales >
Acuerdos de Alcance Parcial Artículo 14 del TM80
AAP.A14TM
Nº
5 - Hidrovía Paraguay-Paraná
Primer Protocolo Adicional
Síntesis:
Establece normas sobre asuntos aduaneros.
Fecha de suscripción
26 - Junio - 1992
Fecha de depósito
Cláusulas de vigencia
Artículo 26.- El presente Protocolo es parte integrante del Acuerdo de Transporte Fluvial y su vigencia y entrada en vigor estarán conformes con lo establecido en el Artículo 30 de dicho Acuerdo.
El artículo 30 establece lo siguiente: El presente Acuerdo y sus Protocolos Adicionales entrarán en vigor treinta (30) días después de la fecha en que la Secretaría General de la ALADI comunique a los países signatarios la recepción de la última notificación relativa al cumplimiento de las disposiciones legales internas para su puesta en vigor y tendrá una duración de diez (10) años.
Disposiciones de internalización
ARGENTINA: Ley N° 24.385 de 11/11/1994 (SEC/di 606) y Nota C.R. N° 4/95 de 11/01/1995 recibida por la SG con fecha 13/01/1995.
BOLIVIA: Nota SG/N° 43/93 de 03/08/1993- Decreto Supremo N° 23.484 de 29/04/1993 (CR/di 359)
BRASIL: Nota N° 3 de 10/01/1995. Decreto Legislativo N° 32 de 16/12/1994 y Decreto N° 2.716 de 10/08/1998
PARAGUAY: Nota RP/ALADI/4/41/94 de 17/03/1994 -Ley N° 269 de 13/12/1993 (CR/di 359.2)
URUGUAY: Nota 414/93 de 17/03/1994 Decreto N° 238 de 26/05/1993 (CR/di 359.1)
Entrada en vigor
13/02/1995 (Nota SG-008/95 de 13/01/1995)
PROTOCOLO ADICIONAL AL ACUERDO DE TRANSPORTE FLUVIAL POR LA HIDROVIA PARAGUAY-PARANA
(Puerto de Cáceres-Puerto de Nueva Palmira)
SOBRE ASUNTOS ADUANEROS
ALADI
Cebollatí 1461 Tel: + 598 24101121 Fax: + 598 24190649
Montevideo - URUGUAY
Email:
sgaladi@aladi.org
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