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ALADI > Acuerdos Actuales > Acuerdos de Alcance Parcial Complementación Económica

AAP.CE13
Segundo Protocolo Adicional


Síntesis:
Regula el comercio automotor entre ambos países

Fecha de suscripción
25 - Octubre - 2019

Fecha de depósito
28 - Octubre - 2019

Cláusulas de vigencia
Artículo 2°.- El presente Protocolo Adicional tendrá duración indefinida y entrará en vigor a los 30 días de que la Secretaría General de la ALADI comunique haber recibido, de ambas Partes la notificación de la conclusión de las formalidades jurídicas necesarias en cada una de ellas para su aplicación.

Disposiciones de internalización
ARGENTINA: Nota EMSUR-SG N° 96/19 de 15/11/2019 (ALADI/CR/di 4909)
PARAGUAY: Nota RP/ALADI/4/N° 017/2020 de 28/02/2020-Decreto Presidencial de la República del Paraguay N° 3.369 de 18/02/2020 (ALADI/CR/di 4970)


Entrada en vigor
01/04/2020





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