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ALADI > Acuerdos Actuales > Acuerdos de Alcance Parcial Complementación Económica

AAP.CE35
62. Sexagésimo Segundo Protocolo Adicional


Síntesis:
Incorpora al Acuerdo de Complementación Económica N° 35 el “Convenio de Cooperación, Intercambio de Información, Consulta de Datos y Asistencia Mutua entre las Administraciones Aduaneras de los Estados Partes del MERCOSUR y de la República de Chile”

Fecha de suscripción
30 - Mayo - 2018

Fecha de depósito
30 - Mayo - 2018

Cláusulas de vigencia
Artículo 2º.- El presente Protocolo Adicional tendrá duración indefinida y entrará en vigor bilateralmente treinta (30) días después de que la República de Chile y por lo menos una de las otras Partes Signatarias hayan notificado a la Secretaría General de la ALADI su incorporación a los respectivos ordenamientos jurídicos internos.

Para las demás Partes Signatarias, el Protocolo Adicional entrará en vigor treinta (30) días después de la fecha en que hayan notificado a la Secretaría General de la ALADI su incorporación a los respectivos ordenamientos jurídicos internos.


Disposiciones de internalización
ARGENTINA: Nota EMSUR-SG N° 98/21 de 03/12/2021 - Decreto 415/1991. (ALADI/CR/di 5224)
BRASIL: No se cuenta con información.
CHILE: Nota N° 56/18 de 23/08/2018 (ALADI/CR/di 4682).
PARAGUAY: Nota RP/ALADI/4/N° 055/19 de 26/08/2019 - Decreto Presidencial de la República del Paraguay N° 2.283 de 07/08/2019 (ALADI/CR/di 4864),
URUGUAY: Nota N° 316/18 de 23/10/-2018 mediante la cual comunica que el referido Protocolo Adicional ha sido incorporado al ordenamiento jurídico uruguayo por Decreto N° 320/018 de 15/10/2018, el cual ha sido publicado en el Diario Oficial N° 30.054 de 23/10/2018 (ALADI/CR/di 4706),


Entrada en vigor
Entrada en vigor entre Chile y Uruguay: 22/11/2018
Entrada en vigor entre Chile y Paraguay: 25/09/2019
Entrada en vigor entre Chile y Argentina: 02/01/2022






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