|
|
Disposiciones de Internalización, Sumarios y Textos Actuales |
Acuerdos Regionales - Apertura de Mercados |
AR.AM Nº 1 |
Décimo Protocolo Adicional |
|
Síntesis: |
Se elimina el cupo fijado por el Gobierno del Uruguay para la importación del producto denominado “Alcohol etílico sin desnaturalizar, de graduación igual o superior a 80°” (ítem 22.08.0.01 de la NALADI), originario de la República de Bolivia |
Fecha de suscripción |
7 - Mayo - 1991 |
Disposiciones de internalización |
Bolivia: No requiere.
Uruguay: No se cuenta con información. |
|
|
Cláusulas de vigencia .. |
S/número de artículo: El presente Protocolo rige a partir de la fecha de su suscripción. |