Inicio > Acuerdos de países miembros > Acuerdos de Alcance Parcial - Complementación Económica

AAP.CE 2
43. Cuadragesimotercer Protocolo Adicional

Nota Secretaría General:
Rigió hasta el 31 de mayo de 2001 (Artículo 6°).


Síntesis:
Establece cupos y requisitos de origen para la importación de vehículos automóviles durante el período 01/05/01 al 31/05/01

Fecha de suscripción
30 - Abril - 2001

Fecha de depósito
30 - Abril - 2001

Cláusulas de vigencia
Artículo 6º. El presente Protocolo rige a partir del 1º de mayo de 2001 y hasta el 31 de mayo de 2001.

Disposiciones de internalización
BRASIL: Decreto N° 3.870 de 17/07/2001 (CR/di 1276)
URUGUAY: Decreto N° 663/85 del 27/11/85 (CR/di 1581).

Entrada en vigor
1/05/2001