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ALADI > Acuerdos Actuales > Acuerdos de Alcance Parcial - Complementación Económica

AAP.CE18
215. Ducentésimo Décimo Quinto Protocolo Adicional


Síntesis:
Protocolización de la Decisión CMC N° 10/21 del Consejo del Mercado Común del MERCOSUR relativa a “Regímenes Especiales de Importación”
Los Estados Partes están autorizados a utilizar, hasta el 31 de diciembre de 2030, los regímenes de “Draw Back” y admisión temporaria para el comercio intrazona


Fecha de suscripción
13 - Diciembre - 2021

Fecha de depósito
13 - Diciembre - 2021

Cláusulas de vigencia
Artículo 2º - El presente Protocolo entrará en vigor 30 días después de la notificación de la Secretaría General de la ALADI a los países signatarios de que recibió la comunicación de la Secretaría del MERCOSUR, informando la incorporación de la norma MERCOSUR y de su correspondiente Protocolo Adicional a los ordenamientos jurídicos de los cuatro Estados Partes del MERCOSUR.

La Secretaría General de la ALADI deberá efectuar dicha notificación, en lo posible, el mismo día de recibida la comunicación de la Secretaría del MERCOSUR.


Disposiciones de internalización
Argentina: Nota SM/041/24 de 26/01/2024, de la Secretaría del MERCOSUR, a través de la cual informa que el referido Protocolo Adicional fue incorporado a la legislación nacional de los Estados Partes del MERCOSUR (ALADI/CR/di 5562).
Brasil: Nota SM/041/24 de 26/01/2024, de la Secretaría del MERCOSUR, a través de la cual informa que el referido Protocolo Adicional fue incorporado a la legislación nacional de los Estados Partes del MERCOSUR (ALADI/CR/di 5562).
Paraguay: Nota SM/041/24 de 26/01/2024, de la Secretaría del MERCOSUR, a través de la cual informa que el referido Protocolo Adicional fue incorporado a la legislación nacional de los Estados Partes del MERCOSUR (ALADI/CR/di 5562).
Uruguay: Nota SM/041/24 de 26/01/2024, de la Secretaría del MERCOSUR, a través de la cual informa que el referido Protocolo Adicional fue incorporado a la legislación nacional de los Estados Partes del MERCOSUR (ALADI/CR/di 5562).


Entrada en vigor
25/02/2024


ACUERDO DE COMPLEMENTACIÓN ECONÓMICA Nº 18 CELEBRADO
ENTRE ARGENTINA, BRASIL, PARAGUAY Y URUGUAY
(AAP. CE/ 18)

Ducentésimo Décimo Quinto Protocolo Adicional



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