ES
PT
Menu
CONTACTO
Espaol
Portugues
Menu
ALADI
Quienes Somos
Paises Miembros >
Argentina
Bolivia
Brasil
Chile
Colombia
Cuba
Ecuador
Mxico
Panam
Paraguay
Per
Uruguay
Venezuela
Observadores
Organizacin Institucional
Normativa Institucional
Actividades >
Actividades de la ALADI
Actividades de los Paises Miembros
Acuerdos
Acuerdos Actuales
Acuerdos Histricos
Conozca los Acuerdos
Comercio Exterior
Origen >
Informacin general
Registro de Firmas habilitadas
Normas y Reglamentos Tcnicos
Servicios
Acceso a Mercados
Convenios para evitar la doble imposicin
Tendencias del comercio
PMDER
Sistemas de Apoyo a los PMDER
Estudios
Informes de Consultora
Proyectos de Cooperacin
Llamados a Expresin de Inters
Facilitacin del Comercio
Certificado de Origen Digital >
Que es el Certificado de Origen Digital
Antecedentes
Documentos
ltimas reuniones COD
Etapas para la Implementacin del COD
Cooperacin Financiera y Monetaria >
Convenio de Pagos y Crditos Recprocos >
Normativa de Bancos Centrales
Publicaciones
Texto del Convenio
Texto del Reglamento
Texto de Solucin de Controversias
Preguntas Frecuentes de Convenio de Pagos
Sistema de Pagos en Moneda Local (SML)
Facilitacin Aduanera >
Acerca del Tema
Acuerdos de Cooperacin
Seminarios
Documentos y Publicaciones
Logstica >
La ALADI y la Logstica
Estudios y Publicaciones
Cursos
Operador Econmico Autorizado >
Programa Operador Econmico
Acuerdo de Reconocimiento
Documentos y Publicaciones
Transparencia en el mbito de la Facilitacin del Comercio >
El Principio de la Transparencia
Pases de la ALADI y la Transparencia
Servicios de Informacin
Documentos y Publicaciones
Promocin Comercial
Servicios de Apoyo
Pymes Latinas Grandes Negocios
Otros Temas
Comercio y Desarrollo Sostenible >
Medidas Medioambientales
Dimensin Social
Otros Temas de Poltica Comercial
ALADI > Acuerdos Actuales >
Acuerdos de Alcance Parcial - Complementación Económica
AAP.CE
Nº
35
68. Sexagésimo Octavo Protocolo Adicional
Síntesis:
Las mercancías incluidas en el Apéndice N°2 del Anexo 13 del Acuerdo, la República de Chile otorga a la República del Paraguay un régimen de origen diferenciado hasta el 31.12.2038
Fecha de suscripción
30 - Agosto - 2023
Fecha de depósito
30 - Agosto - 2023
Cláusulas de vigencia
Artículo 2°.- El presente Protocolo entrará en vigor bilateralmente entre la República de Chile y la República del Paraguay 90 días después de la fecha en que la Secretaría General de la ALADI comunique a los países signatarios la recepción de las notificaciones de la República de Chile y de la República del Paraguay por las que informan el cumplimiento de las disposiciones legales internas para su entrada en vigor.
Disposiciones de internalización
ARGENTINA: No requiere.
BRASIL:No requiere.
CHILE: Nota N° 61/23 de 22/09/2023 (ALADI/CR/di 5514).
PARAGUAY: Nota N° 042/2023 de 25/10/2023 - Decreto Presidencial N° 532 de 16/10/2023 (ALADI/CR/di 5525),
URUGUAY: No requiere
Entrada en vigor
24/01/2024
ACUERDO DE COMPLEMENTACIÓN ECONÓMICA N° 35 CELEBRADO
ENTRE LOS GOBIERNOS DE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR
Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE
Sexagésimo Octavo Protocolo Adicional
ALADI
Cebollatí 1461 Tel: + 598 24101121 Fax: + 598 24190649
Montevideo - URUGUAY
Email:
sgaladi@aladi.org
© Copyright 2019. ALADI - Todos los derechos reservados