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AAP.CE 16
16. Decimosexto Protocolo Adicional


Síntesis:
Prorroga hasta el 31 de marzo de 1996, la vigencia de las preferencias pactadas recíprocamente entre ambos países en el Acuerdo de Alcance Parcial de Complementación Económica N° 16.

Fecha de suscripción
7 - Diciembre - 1995

Fecha de depósito
7 - Diciembre - 1995

Cláusulas de vigencia
Artículo 2°.- El presente Protocolo entrará en vigor a partir del 1° de enero de 1996.

Disposiciones de internalización
ARGENTINA: Decreto N° 415 de 18/03/1991 (CR/di 274)
CHILE: Of. Circular 299/96

Entrada en vigor
01/01/1996