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ALADI > Acuerdos Actuales >
Acuerdos de Alcance Parcial - Complementación Económica
AAP.CE
Nº
18
55.Quincuagésimo Quinto Protocolo Adicional
Síntesis:
Protocolización de la Decisión CMC Nº 33/05 “Regímenes Especiales de Importación”.
Modifica la Decisión CMC 69/00 (ACE 18.26) prorrogando hasta el 31 de diciembre de 2007 el plazo para la eliminación de dichos regímenes.
Fecha de suscripción
28 - Marzo - 2006
Fecha de depósito
28 - Marzo - 2006
Cláusulas de vigencia
Artículo 2º - El presente Protocolo entrará en vigor 30 días después de la notificación de la Secretaría General de la ALADI a los países signatarios de que recibió la comunicación de la Secretaría del MERCOSUR, informando la incorporación de la norma MERCOSUR y de su correspondiente Protocolo Adicional a los ordenamientos jurídicos de los cuatro Estados Partes del MERCOSUR.
La Secretaría General de la ALADI deberá efectuar dicha notificación, en lo posible, el mismo día de recibida la comunicación de la Secretaría del MERCOSUR.
Disposiciones de internalización
Argentina: Nota de la Secretaria del MERCOSUR N° SM/648/11 de 26/09/2011 (ALADI/CR/di 3418)
Brasil: Nota de la Secretaria del MERCOSUR N° SM/648/11 de 26/09/2011 (ALADI/CR/di 3418)
Paraguay:Nota de la Secretaria del MERCOSUR N° SM/648/11 de 26/09/2011 (ALADI/CR/di 3418)
Uruguay:Nota de la Secretaria del MERCOSUR N° SM/648/11 de 26/09/2011 (ALADI/CR/di 3418)
Entrada en vigor
27/10/2011
ACUERDO DE COMPLEMENTACIÓN ECONÓMICA Nº 18 CELEBRADO ENTRE ARGENTINA, BRASIL, PARAGUAY Y URUGUAY
Quincuagésimo Quinto Protocolo Adicional
ALADI
Cebollatí 1461 Tel: + 598 24101121 Fax: + 598 24190649
Montevideo - URUGUAY
Email:
sgaladi@aladi.org
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