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AAP.CE18
28.Vigesimoctavo Protocolo Adicional


Síntesis:
Protocolización de la Decisión CMC N° 58/00 “Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio”.
Dispone sobre la adopción del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la OMC como marco regulador para la aplicación de normas técnicas, reglamentos técnicos y procedimientos de evaluación de la conformidad en el comercio doméstico, recíproco y con los demás miembros de la OMC.


Fecha de suscripción
29 - Diciembre - 2000

Fecha de depósito
29 - Diciembre - 2000

Cláusulas de vigencia
El presente Protocolo no contiene cláusula de vigencia.

Disposiciones de internalización
ARGENTINA: Decreto N° 415 de 18/03/1991 (CR/di 274)
BRASIL: Decreto N° 3.809 de 30/04/2001 (CR/di 1241)
PARAGUAY: Nota SM/546/18 de 31/10/2018 (ALADI/CR/di 4713).
URUGUAY: Nota N° 049/04 de 3/02/04- Ley N° 16.671 del 13.12.94 (CR/di 1731).






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