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AAP.CE53
Primer Protocolo Adicional


Síntesis:
Establece Régimen de Solución de Controversias.

Fecha de suscripción
3 - Julio - 2002

Fecha de depósito
8 - Agosto - 2002

Cláusulas de vigencia
ARTÍCULO SEGUNDO: El presente Protocolo entrará en vigor en forma conjunta treinta (30) días después de que se haya efectuado el intercambio de comunicaciones que acrediten el cumplimiento de las formalidades jurídicas necesarias para la aplicación de estos instrumentos.

Disposiciones de internalización
Brasil: Nota Conjunta Nº 071/06 y Nº 151 de 21/07/2006 (CR/di 2292) - Nota Nº 224 de 07/11/2006 - Decreto Nº 5953 (CR/di 2351).
México: Nota N° 019/04 de 11 de febrero de 2004 (CR/di 1736). - Nota Conjunta Nº 071/06 y Nº 151 de 21/07/2006 (CR/di 2292).


Entrada en vigor
20/08/2006 - Nota conjunta Nº 071/06 y Nº 151 de 21/07/2006 (CR/di 2292).




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