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AAP.CE72
Cuarto Protocolo Adicional


Síntesis:
Brasil y Colombia extienden el tratamiento preferencial a las mercancías elaboradas en zonas francas localizadas en el territorio de la contraparte

Fecha de suscripción
28 - Julio - 2022

Fecha de depósito
28 - Julio - 2022

Cláusulas de vigencia
Artículo 4°.- El presente Protocolo entrará en vigor simultáneamente en el territorio de ambas Partes Signatarias en la fecha en que la Secretaría General de la ALADI comunique haber recibido de los dos países la notificación de que se cumplieron las formalidades necesarias para su internalización en sus respectivos ordenamientos jurídicos

Disposiciones de internalización
ARGENTINA: No requiere.
BRASIL: No se cuenta con información.
COLOMBIA: Nota MPC-025 de 23/08/2022 (ALADI/CR/di 5359)
PARAGUAY: No requiere.
URUGUAY: No requiere.


Entrada en vigor
Aún no entró en vigor


ACUERDO DE COMPLEMENTACIÓN ECONÓMICA N° 72 SUSCRITO ENTRE LOS GOBIERNOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, DE LA REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY Y DE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY, ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR, Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA


CUARTO PROTOCOLO ADICIONAL



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