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AAP.CE36
25. Vigésimo Quinto Protocolo Adicional Rectificado


Síntesis:
Incorpora al Acuerdo el “Acuerdo Interinstitucional de Asistencia y Cooperación Mutua en Asuntos Aduaneros entre la Dirección Nacional de Aduanas del Paraguay y la Aduana Nacional de Bolivia

Fecha de suscripción
14 - Febrero - 2007

Fecha de depósito
14 - Febrero - 2007

Cláusulas de vigencia
ARTÍCULO 18
El presente Acuerdo que deberá ser inscrito en la ALADI como Protocolo Adicional Acuerdo de Complementación Económica N° 36 MERCOSUR - Bolivia, entrará en vigor en la fecha de la última notificación en que una de las Partes comunique a la otra, el cumplimiento de los trámites previstos para tal efecto en su respectivo ordenamiento jurídico interno. Las Cancillerías de ambos países comunicarán a la Secretaría General de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI) la fecha de entrada en vigencia.


Disposiciones de internalización
Argentina: Nota EMSUR - C.R. Nº 65/07 de 30/05/2007 (CR/di 2453).
Bolivia: No se cuenta con información..
Brasil: No se cuenta con información..
Paraguay: Nota RP/ALADI-MERCOSUR/4/Nº 013/09 - Decreto Nº 1608 de 02/03/2009 (CR/di 2890).
Uruguay: No se cuenta con información..


Entrada en vigor
No se cuenta con la información.




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