Menu
Menu



AAP.CE18
94.Nonagésimo Cuarto Protocolo Adicional

Nota Secretaría General:
Este Protocolo fue suscrito por Argentna, Brasil y Uruguay


Síntesis:
Protocolización de la Resolución N° 25/12 del Grupo Mercado Común relativa al “Régimen de Origen MERCOSUR”

Fecha de suscripción
12 - Octubre - 2012

Fecha de depósito
12 - Octubre - 2012

Cláusulas de vigencia
Artículo 2° - El presente Protocolo entrará en vigor treinta (30) días después de la notificación de la Secretaría General de la ALADI a los países signatarios de que recibió la comunicación de la Secretaría del MERCOSUR informando la incorporación de la norma MERCOSUR y de su correspondiente Protocolo Adicional a los ordenamientos jurídicos de Argentina, Brasil y Uruguay.

La Secretaría General de la ALADI deberá efectuar dicha notificación, en lo posible, el mismo día de recibida la comunicación de la Secretaría del MERCOSUR.


Disposiciones de internalización
Argentina: No se cuenta con información.
Brasil: No se cuenta con información.
Uruguay: No se cuenta con información.


Entrada en vigor
No entró en vigor.




ALADI
Cebollatí 1461 Tel: + 598 24101121 Fax: + 598 24190649
Montevideo - URUGUAY
Email: sgaladi@aladi.org © Copyright 2019. ALADI - Todos los derechos reservados