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AAP.CE36
26. Vigésimo Sexto Protocolo Adicional


Síntesis:
Incorpora como Anexo al Protocolo sobre Integración Física Adicional al Acuerdo de Complementación Económica N° 36 (MERCOSUR – Bolivia), el “Acuerdo entre la República Argentina y la República de Bolivia sobre la Construcción del Puente en el Paso Fronterizo Salvador Mazza – Yacuiba”, suscrito por ambos Gobiernos, en Hurlingham, Provincia de Buenos Aires, a los 29 días del mes de junio de 2006,

Fecha de suscripción
4 - Octubre - 2010

Fecha de depósito
4 - Octubre - 2010

Cláusulas de vigencia
Artículo 3°.- La República Argentina y el Estado Plurinacional de Bolivia se notificarán mutuamente el cumplimiento de los requisitos internos necesarios para la entrada en vigor en cada país. El presente Protocolo entrará en vigor en la fecha de la última notificación.

La República Argentina y el Estado Plurinacional de Bolivia comunicarán a la Secretaría General de la ALADI la fecha de entrada en vigor.

Artículo 20° del "Acuerdo": La fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo será notificada por cualquiera de las Partes a la Secretaría General de la ALADI


Disposiciones de internalización
Argentina: Nota EMSUR S.G. N° 31/12 de 17/04/2012 (CR/di 3544)
Bolivia: No se cuenta con información.
Brasil: No requiere.
Paraguay: No requiere.
Uruguay: No requiere.


Entrada en vigor
16/04/2012




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