AAP.A14TM 3 - Acuerdo sobre Transporte Internacional Terrestre - ATIT
Octavo Protocolo Adicional


Síntesis:
Sustituye el Anexo I Aspectos Aduaneros del Acuerdo de Alcance Parcial sobre Transporte Internacional Terrestre

Fecha de suscripción
6 - Noviembre - 2025

Fecha de depósito
6 - Noviembre - 2025

Cláusulas de vigencia

Artículo 2°.- El presente Protocolo entrará en vigor 60 días después de la fecha en que la Secretaría General de la ALADI comunique a las Partes Signatarias la recepción de la notificación de todas las Partes Signatarias, relativa al cumplimiento de las disposiciones legales internas para su puesta en vigor.

Disposiciones de internalización
ARGENTINA: No se cuenta con información
BOLIVIA: No se cuenta con información
BRASIL: No se cuenta con información
CHILE: No se cuenta con información
PARAGUAY: No se cuenta con información
PERÚ: No se cuenta con información
URUGUAY: No se cuenta con información

Entrada en vigor
Aún no entró en vigor