AAP.CE 16
29. Vigésimo Noveno Protocolo Adicional


Síntesis:
Incorpora al Acuerdo de Complementación Económica N° 16 el “Acuerdo de Reconocimiento Mutuo de Certificados de Firma Digital entre la República Argentina y la República de Chile”

Fecha de suscripción
26 - Abril - 2018

Fecha de depósito
22 - Agosto - 2018

Cláusulas de vigencia
Artículo 3°.- El presente Protocolo entrará en vigor sesenta (60) días después de la fecha de la última notificación por la que las Partes se hayan comunicado el cumplimiento de sus respectivos trámites internos.

La República Argentina y la República de Chile notificarán por escrito a la Secretaría General de la Asociación Latinoamericana de Integración el cumplimiento de sus respectivos trámites internos, de acuerdo con lo establecido en el párrafo precedente.

Disposiciones de internalización
Argentina: Nota EMSUR N° 91/18 de 03/08/2018 (ALADI/CR/di 4680)
Chile: Nota N° 060/18 de 03/09/2018 (ALADI/CR/di 4688)

Entrada en vigor
01/10/2018