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AAP.CE18
11.Decimoprimer Protocolo Adicional

Nota Secretaría General:
Modificación en el ACE.113


Síntesis:
Protocolización de la Decisión CMC N° 8/94 “Zonas Francas, Zonas de Procesamiento de Exportaciones y Áreas Aduaneras Especiales”.
Dispone la aplicación del Arancel Externo Común o, en el caso de productos excepcionados, del arancel nacional vigente, a las mercaderías provenientes de dichas zonas y áreas, sin perjuicio de las disposiciones legales vigentes en cada uno de los países para el ingreso al propio país.


Fecha de suscripción
30 - Diciembre - 1994

Fecha de depósito
30 - Diciembre - 1994

Cláusulas de vigencia
El presente Protocolo no contiene claúsulas de vigencia.

Disposiciones de internalización
ARGENTINA: Decreto N° 415 de 18/03/1991 (CR/di 274)
BRASIL: Decreto N° 1.805 de 06/02/1996 (SEC/di 739)
PARAGUAY: No se cuenta con información
URUGUAY: Decreto N° 663 de 27/11/1985 (SEC/di 202)


Entrada en vigor
No se cuenta con la información.




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