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AAP.CE18
194.Centésimo Nonagésimo Cuarto Protocolo Adicional


Síntesis:
Protocolización de la Directiva N° 56/19 de la Comisión de Comercio del MERCOSUR relativa a “Adecuación de Requisitos Específicos de Origen (Modificación de la Decisión Cmc Nº 01/09 y de la Directiva Ccm Nº 41/11)”
Modifica el Apéndice I del Anexo del ACE 18.77 – Apéndice I del Anexo de la Decisión CMC N° 01/09 y el Anexo del ACE 18.97 – Anexo de la Directiva CCM N° 41/11


Fecha de suscripción
4 - Marzo - 2020

Fecha de depósito
4 - Marzo - 2020

Cláusulas de vigencia
Artículo 2° - El presente Protocolo entrará en vigor treinta (30) días después de la notificación de la Secretaría General de la ALADI a los países signatarios de que recibió la comunicación de la Secretaría del MERCOSUR informando la incorporación de la norma MERCOSUR y de su correspondiente Protocolo Adicional al ordenamiento jurídico de los Estados Partes.

La Secretaría General de la ALADI deberá efectuar dicha notificación, en lo posible, el mismo día de recibida la comunicación de la Secretaría del MERCOSUR.

Artículo 3° - Una vez en vigor, el presente Protocolo modificará el Apéndice I del Anexo del Septuagésimo Séptimo Protocolo Adicional al ACE-18 – Apéndice I del Anexo de la Decisión CMC N° 01/09 y el Anexo del Nonagésimo Séptimo Protocolo Adicional al ACE-18 – Anexo de la Directiva CCM N° 41/11.


Disposiciones de internalización
Argentina: Nota SM/395/22 de 05/08/2022, de la Secretaría del MERCOSUR, a través de la cual informa que el referido Protocolo fue incorporado a los ordenamientos jurídicos de los Estados Partes del MERCOSUR (ALADI/CR/di 5355).
Brasil: Nota SM/395/22 de 05/08/2022, de la Secretaría del MERCOSUR, a través de la cual informa que el referido Protocolo fue incorporado a los ordenamientos jurídicos de los Estados Partes del MERCOSUR (ALADI/CR/di 5355).
Paraguay: Nota SM/395/22 de 05/08/2022, de la Secretaría del MERCOSUR, a través de la cual informa que el referido Protocolo fue incorporado a los ordenamientos jurídicos de los Estados Partes del MERCOSUR (ALADI/CR/di 5355).
Uruguay: Nota SM/395/22 de 05/08/2022, de la Secretaría del MERCOSUR, a través de la cual informa que el referido Protocolo fue incorporado a los ordenamientos jurídicos de los Estados Partes del MERCOSUR (ALADI/CR/di 5355).


Entrada en vigor
04/09/2022


ACUERDO DE COMPLEMENTACIÓN ECONÓMICA Nº 18 CELEBRADO
ENTRE ARGENTINA, BRASIL, PARAGUAY Y URUGUAY
(AAP. CE/ 18)

Centésimo Nonagésimo Cuarto Protocolo Adicional



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