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AAP.CE18
20.Vigésimo Protocolo Adicional Rectificado


Síntesis:
Protocolización de la Decisión CMC N° 6/96 “Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC”.
Dispone sobre la adopción del mencionado Acuerdo como marco regulador para la aplicación de medidas sanitarias y fitosanitarias por los Países Signatarios.


Fecha de suscripción
5 - Marzo - 1998

Fecha de depósito
5 - Marzo - 1998

Cláusulas de vigencia
Artículo 3o.- El presente Protocolo entrará en vigencia a partir de la fecha de su suscripción.

Disposiciones de internalización
ARGENTINA: Decreto N° 415 de 18/03/1991 (CR/di 274)
BRASIL: Decreto N° 2.725 de 10/08/1998
PARAGUAY:No se cuenta con información
URUGUAY: Decreto N° 663 de 27/11/1985 (SEC/di 202)


Entrada en vigor
05/03/98





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