ES
PT
Menu
CONTACTO
Español
Portugues
Menu
ALADI
Quienes Somos
Paises Miembros >
Argentina
Bolivia
Brasil
Chile
Colombia
Cuba
Ecuador
México
Panamá
Paraguay
Perú
Uruguay
Venezuela
Observadores
Organización Institucional
Normativa Institucional
Actividades >
Actividades de la ALADI
Actividades de los Paises Miembros
Programa de Actividades
Indicadores Socioeconómicos
Acuerdos
Acuerdos Actuales
Acuerdos Históricos
Comercio Exterior
Origen >
Información general
Registro de Firmas habilitadas
Normas y Reglamentos Técnicos
Salvaguardias
Servicios
Acceso a Mercados
PMDER
Sistemas de Apoyo a los PMDER
Estudios
Informes de Consultoría
Proyectos de Cooperación
Facilitación del Comercio
Certificado de Origen Digital >
Que es el Certificado de Origen Digital
Antecedentes
Documentos
Últimas reuniones COD
Etapas para la Implementación del COD
Cooperación Financiera y Monetaria >
Convenio de Pagos y Créditos Recíprocos >
Normativa de Bancos Centrales
Publicaciones
Texto del Convenio
Texto del Reglamento
Texto de Solución de Controversias
Preguntas Frecuentes de Convenio de Pagos
Sistema de Pagos en Moneda Local (SML)
Facilitación Aduanera >
Acerca del Tema
Acuerdos de Cooperación
Seminarios
Documentos y Publicaciones
Logística >
La ALADI y la Logística
Estudios y Publicaciones
Cursos
Operador Económico Autorizado >
Programa Operador Económico
Acuerdo de Reconocimiento
Documentos y Publicaciones
Transparencia en el Ámbito de la Facilitación del Comercio >
El Principio de la Transparencia
Países de la ALADI y la Transparencia
Servicios de Información
Documentos y Publicaciones
Promoción Comercial
Servicios de Apoyo
Pymes Latinas Grandes Negocios
Cobros y Pagos de Exportaciones
Otros Temas
Comercio y Desarrollo Sostenible >
Medidas Medioambientales
Seguridad Alimentaria
Dimensión Social
Otros Temas de Política Comercial
AAP.AG
Nº
1
Acuerdo
Síntesis:
Tratamiento preferencial para regular el intercambio de ganado en pie y carnes.
Fecha de suscripción
14 - Mayo - 1984
Fecha de depósito
Cláusulas de vigencia
Artículo 13.- El presente Acuerdo tendrá una duración de cinco años contados a partir de la fecha de su suscripción y será prorrogable automáticamente por períodos iguales, salvo manifestación expresa en sentido contrario de alguno de sus signatarios, formulada noventa días antes de su vencimiento.
Artículo 14.- Los países signatarios podrán denunciar el presente Acuerdo en cualquier momento a partir de su vigencia, mediante comunicación escrita formulada por la vía diplomática.
Formalizada la denuncia, las preferencias otorgadas en virtud del programa de liberación del Acuerdo permanecerán en vigor por el término de un año contado a partir de la fecha de comunicación de la denuncia.
Disposiciones de internalización
ARGENTINA: Decreto N° 3.202 de 28/09/1984 (CR/di 132)
URUGUAY: Decreto N° 386 de 12/09/1984 (SEC/di 157)
Entrada en vigor
14/05/1984
ACUERDO AGROPECUARIO SUSCRITO ENTRE LA REPÚBLICA ARGENTINA Y LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY
ALADI
Cebollatí 1461 Tel: + 598 24101121 Fax: + 598 24190649
Montevideo - URUGUAY
Email:
sgaladi@aladi.org
© Copyright 2019. ALADI - Todos los derechos reservados