Menu
Menu



AAP.CE2
78. Septuagésimo Octavo Protocolo Adicional


Síntesis:
Prorrogar el plazo establecido en el artículo 1 del Septuagésimo Segundo Protocolo Adicional al ACE 2, para los productos listados en el mismo y de acuerdo con las condiciones establecidas en el referido Protocolo, hasta el 31 de diciembre de 2018.

Fecha de suscripción
26 - Diciembre - 2017

Fecha de depósito
26 - Diciembre - 2017

Cláusulas de vigencia
Artículo 2 – El presente Protocolo Adicional entrará en vigor simultáneamente en el territorio de ambas Partes en la fecha en que la Secretaría General de la ALADI comunique haber recibido de los dos países la notificación de que fueron cumplidas las formalidades necesarias para su aplicación.

Disposiciones de internalización
Brasil:Nota N° 164 de 10/12/2018- Decreto Presidencial n° 9.599, de 05/12/2018, publicado en el Diario Oficial de la Unión n° 234, de 06/12/2018 (ALADI/CR/di 4734)
Uruguay: Nota N° 068/18 de 23/03/2018 - Decreto N° 57/018 de 12/03/2018, publicado en el Diario Oficial N° 29.913 de 23/03/2018 (CR/di 4608).


Entrada en vigor
11/12/2018





ALADI
Cebollatí 1461 Tel: + 598 24101121 Fax: + 598 24190649
Montevideo - URUGUAY
Email: sgaladi@aladi.org © Copyright 2019. ALADI - Todos los derechos reservados