AAP.CE 18
36.Trigesimosexto Protocolo Adicional


Síntesis:
Protocolización de la Decisión CMC N° 4/01 “Política automotriz del MERCOSUR”. Establece “Disposiciones particulares para la incorporación plena de la República del Paraguay al Acuerdo sobre Política Automotriz del MERCOSUR (PAM)”.

Fecha de suscripción
11 - Octubre - 2001

Fecha de depósito
11 - Octubre - 2001

Cláusulas de vigencia
Artículo 3°.- El presente Protocolo rige a partir del 10 de octubre de 2001 y mantiene su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2006.

Disposiciones de internalización
ARGENTINA: No se cuenta con información
BRASIL: No se cuenta con información
PARAGUAY: No se cuenta con información
URUGUAY: Nota N° 403/06 de 19/07/2006 – De conformidad con la presente nota, el Protocolo de referencia no requiere ser incorporado por parte de Uruguay. (CR/di 2290).

Entrada en vigor
10/10/2001.