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AAP.CE
Nº
14
44. Cuadragésimo Cuarto Protocolo Adicional
Síntesis:
Prorroga, por tiempo indeterminado, la vigencia del Trigésimo Octavo Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica N° 14, siempre que no contravenga las disposiciones de este Protocolo, además de dejar sin efecto las disposiciones incluidas en los Protocolos Adicionales Cuadragésimo, Cuadragésimo Primero, Cuadragésimo Segundo y Cuadragésimo Tercero, y sustituir sus disposiciones por las que figuran en el presente Protocolo
Fecha de suscripción
2 - Diciembre - 2019
Fecha de depósito
2 - Diciembre - 2019
Cláusulas de vigencia
Artículo 17 – El presente Protocolo Adicional entrará en vigor en forma simultánea en el territorio de ambas Partes en la fecha en que la Secretaría General de la ALADI comunique haber recibido, de los dos países, la notificación de que fueron cumplidas las formalidades necesarias para su aplicación.
Disposiciones de internalización
ARGENTINA: Nota N° 105/19 de 09/12/2019 (ALADI/CR/di 4917)
BRASIL: Nota N° 024 de 26/05/2020 - Decreto N° 10.343 de 08/05/2020 (ALADI/CR/di 5009).
Entrada en vigor
26/05/2020
ACUERDO DE COMPLEMENTACION ECONÓMICA Nº 14 SUSCRITO ENTRE LA REPÚBLICA ARGENTINA Y LA REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL
Cuadragésimo Cuarto Protocolo Adicional