ES
PT
Menu
CONTACTO
Español
Portugues
Menu
ALADI
Quienes Somos
Paises Miembros >
Argentina
Bolivia
Brasil
Chile
Colombia
Cuba
Ecuador
México
Panamá
Paraguay
Perú
Uruguay
Venezuela
Observadores
Organización Institucional
Normativa Institucional
Actividades >
Actividades de la ALADI
Actividades de los Países Miembros
Acuerdos
Acuerdos Actuales
Acuerdos Históricos
Conozca los Acuerdos
Comercio Exterior
Origen >
Información general
Registro de Firmas habilitadas
Normas y Reglamentos Técnicos
Servicios
Acceso a Mercados
Convenios para evitar la doble imposición
Tendencias del comercio
PMDER
Sistemas de Apoyo a los PMDER
Estudios
Informes de Consultoría
Proyectos de Cooperación
Llamados a Expresión de Interés
Facilitación del Comercio
Certificado de Origen Digital >
Qué es el Certificado de Origen Digital
Antecedentes
Documentos
Últimas reuniones COD
Etapas para la Implementación del COD
Cooperación Financiera y Monetaria >
Convenio de Pagos y Créditos Recíprocos >
Normativa de Bancos Centrales
Publicaciones
Texto del Convenio
Texto del Reglamento
Texto de Solución de Controversias
Preguntas Frecuentes de Convenio de Pagos
Sistema de Pagos en Moneda Local (SML)
Facilitación Aduanera >
Acerca del Tema
Acuerdos de Cooperación
Seminarios
Documentos y Publicaciones
Logística >
La ALADI y la Logística
Estudios y Publicaciones
Cursos
Operador Económico Autorizado >
Programa Operador Económico
Acuerdo de Reconocimiento
Documentos y Publicaciones
Transparencia en el Ámbito de la Facilitación del Comercio >
El Principio de la Transparencia
Países de la ALADI y la Transparencia
Servicios de Información
Documentos y Publicaciones
Promoción Comercial
Servicios de Apoyo
Pymes Latinas Grandes Negocios
Otros Temas
Comercio y Desarrollo Sostenible >
Medidas Medioambientales
Dimensión Social
Otros Temas de Política Comercial
AR.AM
Nº
1
Decimo Sexto Protocolo Adicional.
Síntesis:
Se incorporan productos a la Nómina de Apertura de Mercado otorgada por Argentina y se fijan requisitos específicos de origen para el sector prendas de vestir
Fecha de suscripción
8 - Julio - 2009
Fecha de depósito
Cláusulas de vigencia
Artículo 8°.- El presente Protocolo entrará en vigor quince (15) días después de la notificación de la Secretaría General de la ALADI de que recibió la comunicación de la República Argentina informando que fueron concluidos los trámites internos de incorporación a su ordenamiento jurídico nacional.
Disposiciones de internalización
ARGENTINA:Nota EMSUR – S.G. Nº 104/09 de 06/08/2009 - Decreto Nº 415/91 (CR/di 3007)
BOLIVIA:No requiere.
Entrada en vigor
5/08/2009
ACUERDO REGIONAL DE APERTURA DE MERCADOS
EN FAVOR DE BOLIVIA
(ACUERDO Nº 1)
Décimo Sexto Protocolo Adicional
(Nómina de productos otorgados por Argentina)
ALADI
Cebollatí 1461 Tel: + 598 24101121 Fax: + 598 24190649
Montevideo - URUGUAY
Email:
sgaladi@aladi.org
© Copyright 2019. ALADI - Todos los derechos reservados