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ALADI > Acuerdos Actuales >
Acuerdos de Alcance Parcial Art.12 del TM80 Agropecuarios
AAP.AG
Nº
1
Acuerdo
Síntesis:
Tratamiento preferencial para regular el intercambio de ganado en pie y carnes.
Fecha de suscripción
14 - Mayo - 1984
Fecha de depósito
Cláusulas de vigencia
Artículo 13.- El presente Acuerdo tendrá una duración de cinco años contados a partir de la fecha de su suscripción y será prorrogable automáticamente por períodos iguales, salvo manifestación expresa en sentido contrario de alguno de sus signatarios, formulada noventa días antes de su vencimiento.
Artículo 14.- Los países signatarios podrán denunciar el presente Acuerdo en cualquier momento a partir de su vigencia, mediante comunicación escrita formulada por la vía diplomática.
Formalizada la denuncia, las preferencias otorgadas en virtud del programa de liberación del Acuerdo permanecerán en vigor por el término de un año contado a partir de la fecha de comunicación de la denuncia.
Disposiciones de internalización
ARGENTINA: Decreto N° 3.202 de 28/09/1984 (CR/di 132)
URUGUAY: Decreto N° 386 de 12/09/1984 (SEC/di 157)
Entrada en vigor
14/05/1984
ACUERDO AGROPECUARIO SUSCRITO ENTRE LA REPÚBLICA ARGENTINA Y LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY
ALADI
Cebollatí 1461 Tel: + 598 24101121 Fax: + 598 24190649
Montevideo - URUGUAY
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