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ALADI > Acuerdos Actuales >
Acuerdos de Alcance Parcial Art.13 del TM80 Promoción del Comercio
AAP.PC
Nº
7
Tercer Protocolo Adicional
Síntesis:
Aprueba la “Ficha de Emergencia para el transporte por carretera de mercancías peligrosas en el MERCOSUR”
Fecha de suscripción
15 - Junio - 2022
Fecha de depósito
15 - Junio - 2022
Cláusulas de vigencia
Artículo 4º.- El presente Protocolo entrará en vigor 30 días después de la notificación de la Secretaría General de la ALADI a los países signatarios de que recibió la comunicación de la Secretaría del MERCOSUR, informando la incorporación de la norma MERCOSUR y de su correspondiente Protocolo Adicional a los ordenamientos jurídicos de los cuatro Estados Partes del MERCOSUR.
La Secretaría General de la ALADI deberá efectuar dicha notificación, en lo posible, el mismo día de recibida la comunicación de la Secretaría del MERCOSUR.
Disposiciones de internalización
ARGENTINA: No se cuenta con información
BRASIL: No se cuenta con información
PARAGUAY: No se cuenta con información
URUGUAY: No se cuenta con información
Entrada en vigor
Aún no entró en vigor
ACUERDO DE ALCANCE PARCIAL PARA LA FACILITACION
DEL TRANSPORTE DE MERCANCIAS PELIGROSAS
(AAP.PC/7)
Tercer Protocolo Adicional
ALADI
Cebollatí 1461 Tel: + 598 24101121 Fax: + 598 24190649
Montevideo - URUGUAY
Email:
sgaladi@aladi.org
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