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16/12/2020

Argentina y Chile modifican en la ALADI las condiciones de origen que rigen para su comercio bilateral de productos del sector automotor


Con fecha 16 de diciembre de 2020, Argentina y Chile suscribieron, en la sede de la ALADI, un Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica N° 35 (ACE 35), mediante el cual acordaron modificar las condiciones de origen que deben cumplir los vehículos para beneficiarse del trato preferencial previsto en el mencionado Acuerdo.

Al respecto, actualmente se encuentra vigente lo dispuesto en el Sexagésimo Tercer Protocolo Adicional al ACE 35 (ACE 35.63), en el cual se establece que los vehículos exportados por Argentina, para considerarse originarios, deben cumplir con el Régimen General de Origen del Acuerdo, mientras que a los vehículos exportados por Chile se les exige el cumplimiento de un Valor de Contenido Regional de 60%.

Mediante el nuevo Protocolo, el cual fue registrado en la ALADI como Sexagésimo Quinto Protocolo Adicional al ACE 35, ambos países acordaron establecer como regla de origen común para los vehículos el cumplimiento de un Valor de Contenido Regional de 50%.

El referido Protocolo entrará en vigor 90 días después de la fecha en que la Secretaría General de la ALADI comunique a los países signatarios la recepción de las notificaciones de Argentina y de Chile por las que informen el cumplimiento de las respectivas disposiciones legales internas. Dicha fecha será publicada para su consulta en el sitio Web de la ALADI en la siguiente dirección:https://bit.ly/3ahmUPh





Representantes Permanentes de Brasil, Uruguay, Chile, Argentina y Paraguay, y el Secretario General de la ALADI



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