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Acuerdos Históricos
AAP.C
Nº
26
Acuerdo
Nota Secretaría General:
De acuerdo a lo establecido en el Decimoprimer Protocolo Adicional al AAP.C N° 26 y a lo dispuesto en el Artículo 4° del Primer Protocolo Adicional al AAP.CE N° 6, Argentina y México convinieron dejar sin efecto las preferencias pactadas bilateralmente en el AAP.C N° 26, a partir del 30 de diciembre de 1994.
El Acuerdo fue prorrogado por última vez entre Argentina y Brasil hasta el 30 de setiembre de 1997 (ALADI/ACUERDOS COMERCIALES/Add. 4 de 26/12/96).
El Acuerdo fue prorrogado por última vez entre Brasil y México hasta el 31 de diciembre de 1997 (ALADI/ACUERDOS COMERCIALES/Add.7 de 29/09/97).
Síntesis:
Artículos y aparatos para usos hospitalarios, médicos, odontológicos, veterinarios y afines
Fecha de suscripción
28 - Noviembre - 1984
Fecha de depósito
Cláusulas de vigencia
Artículo 16.- El presente Acuerdo tendrá una duración de tres años y entrará en vigor a partir del primero de enero de 1985.
Disposiciones de internalización
ARGENTINA: Res. Conj. 1.053 y 969 bis de 17/10/85 (SEC/di 201 y CR/di 65.4)
BRASIL: Decreto 90.892 de 01/02/85 (CR/di 141 y Add.1)
MÉXICO: No se cuenta con información
Entrada en vigor
01/01/1985
Acuerdos posteriores relacionados: AAP.CE N° 6.
ACUERDO
ALADI
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