...ACUERDOS
>>SUMARIOS, DISPOSICIONES DE INTERNALIZACIÓN Y TEXTOS

Esta sección contiene los textos de los acuerdos suscritos al amparo del Tratado de Montevideo 1980 que se encuentran vigentes, así como los Protocolos Adicionales y de Adhesión.
Los Acuerdos según participen o no la totalidad de los países miembros, pueden ser Regionales o de Alcance Parcial.

De conformidad con las materias a que se refieren, los Acuerdos responden a las siguientes modalidades: de renegociación del patrimonio histórico, comerciales, de complementación económica, agropecuarios, de promoción del comercio y otros.

Finalmente, con base en lo dispuesto por el Artículo 25 del Tratado de Montevideo 1980, los países miembros pueden suscribir acuerdos con países no miembros y áreas de integración económica de América Latina, dentro de las modalidades señaladas

Las consultas se pueden realizar según el tipo de acuerdo o el país participante.

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Acuerdos Regionales

Los cuatro primeros acuerdos en que participan la totalidad de los países miembros responden a la puesta en funcionamiento de mecanismos de liberación comercial previstos a texto expreso en los Artículos 5 y 18 del Tratado de Montevideo 1980: se trata de las Nóminas de Apertura de Mercados a favor de Bolivia, Ecuador y Paraguay (Acuerdos N° 1, 2 y 3, respectivamente) y del Acuerdo que instituye la Preferencia Arancelaria Regional (Acuerdo N° 4).

Los otros tres acuerdos regionales establecen acciones de cooperación en materia científica y tecnológica (Acuerdo N° 6), de cooperación e intercambio de bienes en las áreas cultural, educacional y científica (Acuerdo N° 7) y de superación de obstáculos técnicos al comercio (Acuerdo N° 8).


>> Apertura de Mercados

A los efectos de establecer condiciones favorables para la participación de los países de menor desarrollo económico relativo en el proceso de integración económica, y con el propósito de asegurarles un tratamiento preferencial efectivo a partir del 30 de abril de 1983, los países miembros establecieron la apertura de sus mercados para una serie de productos concediéndoles, sin reciprocidad, la eliminación total de gravámenes aduaneros y demás restricciones.


>> Preferencia Arancelaria Regional

Prevista en el Artículo 5 del Tratado de Montevideo 1980, la Preferencia Arancelaria Regional (PAR) consiste en una reducción porcentual de los gravámenes aplicables a las importaciones desde terceros países, que los países miembros se otorgan recíprocamente sobre las importaciones de productos originarios de sus respectivos territorios.

La PAR actualmente con nivel básico de 20% se aplica en magnitudes diferentes según las tres categorías de países establecidas por la Resolución 6 del Consejo de Ministros (países de menor desarrollo económico relativo; países de desarrollo intermedio; demás países) y abarca el universo arancelario salvo una nómina de productos que cada país exceptúa del beneficio de dicha preferencia, cuya extensión también está relacionada con las tres categorías mencionadas precedentemente.


>> Cooperación Científica y Tecnológica (Convenio Marco)

>>Cooperación e Intercambio de bienes en las áreas cultural, educacional y científica

>> Acuerdo Marco para la Promoción del Comercio mediante la Superación de Obstáculos Técnicos al Comercio

Acuerdos de Alcance Parcial

>>Complementación Económica

Estos acuerdos tienen entre otros objetivos, promover el máximo aprovechamiento de los factores de producción, estimular la complementación económica, asegurar condiciones equitativas de competencia, facilitar la concurrencia de los productos al mercado internacional e impulsar el desarrollo equilibrado y armónico de los países miembros.


Actualmente, además de los esquemas de integración subregionales (Comunidad Andina de Naciones y el MERCOSUR-ACE Nro. 18), existen nueve acuerdos de complementación económica que prevén el establecimiento de zonas de libre comercio entre sus signatarios. En estos Acuerdos participan Chile-Venezuela (ACE 23), Chile-Colombia (ACE 24), Bolivia-México (ACE 31), Chile-Ecuador (ACE 32) Colombia-México-Venezuela (ACE 33), MERCOSUR-Chile (ACE 35), MERCOSUR-Bolivia (ACE 36), Chile-Perú (ACE 38) y Chile-México (ACE 41).


>>De Renegociación del Patrimonio Histórico

Estos acuerdos recogen los resultados de la renegociación de las concesiones otorgadas en las listas nacionales y en las listas de ventajas no extensivas de la ALALC, que se encontraban vigentes al término del año 1980. De 40 acuerdos de renegociación suscritos originalmente, permanecen en vigor solamente 7 de ellos en virtud que los restantes han sido absorbidos por nuevos acuerdos de complementación económica suscritos posteriormente entre los países miembros


>>Comerciales

Estos acuerdos tienen objetivos estrictamente comerciales, y su ámbito de aplicación está delimitado a determinados sectores productivos.

Actualmente no hay acuerdos de esta modalidad en vigencia.


>>Artículo 12 del Tratado de Montevideo de 1980- Agropecuarios

>>Artículo 13 del Tratado de Montevideo de 1980-Promoción del Comercio

>>Artículo 14 del Tratado de Montevideo de 1980

Estas tres categorías de acuerdos regulan materias específicas distintas del otorgamiento de preferencias arancelarias; en algunos casos, como en particular los de promoción del comercio y algunos de los suscritos al amparo del Artículo 14 del Tratado de Montevideo, los países miembros han concertado acciones de cooperación con el objetivo de crear condiciones favorables para el intercambio de bienes y servicios tales como el transporte y el turismo, la protección del medio ambiente, la optimización del uso de la infraestructura física vial, la superación de obstáculos técnicos al comercio, etc.


>>Artículo 25 del Tratado de Montevideo de 1980

Al amparo de lo previsto en este artículo algunos países miembros han

concertado acuerdos de alcance parcial con otros países y áreas de integración de América
Latina de conformidad con las diversas modalidades previstas en la sección tercera del Capítulo II del Tratado.

A excepción de lo que acontece con otras modalidades de acuerdos, las preferencias que los países miembros otorgan de conformidad con el referido Artículo 25 se hacen extensivas automáticamente a los países de menor desarrollo económico relativo de la Asociación.

De un total de 38 acuerdos suscritos en esta modalidad, permanecen actualmente vigentes sólo 19, como consecuencia de tres circunstancias: haber vencido el plazo acordado por sus signatarios (Acuerdos N° 2 Argentina-Costa Rica y N° 3 Argentina-El Salvador); haber sido sustituidos por los nuevos acuerdos de complementación económica suscritos por Cuba con países miembros de la ALADI como consecuencia de su adhesión al Tratado de Montevideo 1980 (Acuerdos N° 4 Argentina-Cuba, N° 12 Cuba-México, N° 17 Cuba-Uruguay, N° 21 Brasil-Cuba, N° 28 Cuba-Venezuela, N° 30 Cuba-Perú, N° 32 Cuba-Ecuador, N° 33 Cuba- Colombia, N° 34 Bolivia-Cuba y N° 35 Cuba-Venezuela), y finalmente, con motivo de la entrada en vigencia de los Tratados de Libre Comercio suscritos por México con Costa Rica, Nicaragua, Guatemala, Honduras y El Salvador, que dejaron sin efecto los Acuerdos N° 1, 13, 10, 11 y 15, respectivamente.



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