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ALADI > Acordos > Acordos Actuais > ->Alcance Parcial - Complementação Econômica
Disposições de Internalização, Sumários e Textos Atuais

AAP.CE16
26. Vigesimosexto Protocolo Adicional




Síntese:
Establece información de los mercados de petróleo y gas, y decisiones de la autoridad con relación al intercambio energético.

Data de assinatura
29 - Octubre - 2002

Data de deposito


Cláusulas de vigência
Artículo 13.- El presente Protocolo entrará en vigor treinta (30) días después de que ambas Partes notifiquen a la Secretaría General de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI) que han cumplido los trámites previstos en sus ordenamientos jurídicos internos y tendrá una duración indefinida, manteniendo su vigencia mientras no medie acuerdo expreso entre las Partes o hasta que sea denunciado el Protocolo Adicional N° 15 al Acuerdo de Complementación Económica N° 16 sobre “Normas que Regulan la Interconexión Gasífera y el Suministro de Gas Natural entre la República Argentina y la República de Chile” y el Protocolo Adicional N° 24 sobre “Normas para la Comercialización, Explotación y Transporte de Hidrocarburos Líquidos –petróleo crudo, gas licuado, y productos líquidos- derivados del Petróleo y Gas Natural”.

Disposições de internalização
ARGENTINA: Nota EMSUR C.R. N° 21/04 de 25/02/2004 (CR/di 1747)
CHILE: Nota Nº 024/03 de 24/03/2003 (CR/di 1593)


Entrada em vigor
25/03/2004



ALADI
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