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ALADI > Acordos > Acordos Actuais > ->Alcance Parcial - Complementação Econômica
Disposições de Internalização, Sumários e Textos Atuais

AAP.CE63
Segundo Protocolo Adicional




Síntese:
Uruguay y Venezuela se conceden desgravación arancelaria total e inmediata a las importaciones originarias según el régimen de origen dispuesto en el Artículo 4, exceptuando el sector azucarero y el automotor

Data de assinatura
26 - Diciembre - 2012

Data de deposito
26 - Diciembre - 2012

Cláusulas de vigência
ARTICULO 5
El presente Protocolo tendrá duración indefinida y entrará en vigor en la fecha en que la Secretaría General de la ALADI haya recibido la última de las comunicaciones de las Partes Signatarias en la que informen de que lo han incorporado a su derecho interno, en los términos de sus respectivas legislaciones.

La Secretaría General de la ALADI informará a las Partes Signatarias la fecha de la entrada en vigor del presente Protocolo.


Disposições de internalização
URUGUAY: Nota N°075/13 de20/03/2013 - Decreto N° 78/013, publicado en el Diario Oficial N° 28.681 de 20/03/2013 (CR/di 3697).
VENEZUELA: Nota II.2.U3.E1/REP No. 0001618 de 31/12/2012 (/CR/di 3665)


Entrada em vigor
20/03/2013




ALADI
Cebollatí 1461 Tel: + 598 24101121 Fax: + 598 24190649
Montevideo - URUGUAY
Email: sgaladi@aladi.org