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ALADI > Acuerdos Actuales > Acuerdos de Regionales Apertura de Mercados

AR.AM2
Acuerdo


Síntesis:
Aprueba las nóminas de productos para los cuales los países miembros conceden, sin reciprocidad, la eliminación total de gravámenes y demás restricciones, cuando sean originarios del Ecuador (Artículo 18 del Tratado de Montevideo 1980).

Fecha de suscripción
30 - Abril - 1983

Fecha de depósito


Cláusulas de vigencia
Artículo 9.- El presente Acuerdo entrará en vigencia simultáneamente con los Acuerdos de alcance parcial de renegociación de las preferencias otorgadas en el período 1962/80, concluidos entre la República del Ecuador y los restantes países miembros.

Disposiciones de internalización
ARGENTINA: Decreto N° 613 de 17/02/1984 (SEC/di 111.1)
BOLIVIA: No se cuenta con información.
BRASIL: Decreto N° 88.737 de 19/09/1983 (SEC/di 101.1)
CHILE: Decreto N° 103 de 27/01/1984 (SEC/di 135)
COLOMBIA: No se cuenta con información.
ECUADOR: No se cuenta con información.
MÉXICO: Decreto de 26/03/1984 - Diario Oficial de 13/04/1984 (CR/di 96.5)
PARAGUAY: Decreto N° 716 de 11/10/1983 (SEC/di 117.1)
PERÚ: Decreto N° 039-84-ITI/IG de 20/09/1984 - Diario Oficial de 03/10/1984 (CR/di 96.7/Add.2)
URUGUAY: Decreto N° 364 de 20/09/1983 - Diario Oficial de 01/11/1983 (SEC/di 113.2)
VENEZUELA: No se cuenta con información.


Entrada en vigor
01/05/1983




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