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ALADI > Acuerdos Actuales > Acuerdos de Alcance Parcial Artículo 25 del TM80

AAP.A25TM37
Acuerdo


Síntesis:
Cada Parte alentará y fomentará, en el ámbito de sus respectivos marcos normativos, la libre participación de personas individuales o jurídicas en el transporte, distribución, comercialización, almacenamiento, exportación e importación de gas natural entre México y Guatemala.

Fecha de suscripción
7 - Diciembre - 1999

Fecha de depósito


Cláusulas de vigencia
ARTÍCULO 9.- ENTRADA EN VIGOR
El presente Acuerdo entrará en vigor en la fecha en que ambas Partes se notifiquen a través de sus respectivas Embajadas, el cumplimiento de los requisitos exigidos por su legislación nacional y continuará vigente por un período de treinta (30) años, renovables por mutuo consentimiento de las Partes.
Ambas Partes se comprometen a notificar a la Secretaría General de la Asociación Latinoamericana de Integración, la formalización del presente Instrumento, una vez que éste haya entrado en vigor.


Disposiciones de internalización
MÉXICO: Nota Conjunta Guatemala/México N° 61/2001 - 119/01 de 19/03/2001 (CR/di 1307)
GUATEMALA: Nota Conjunta Guatemala/México N° 61/2001 - 119/01 de 19/03/2001 (CR/di 1307)


Entrada en vigor
05/12/2000






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