Inicio / Acuerdos de países miembros


AR.AM 1 - Sexto Protocolo Adicional



Síntesis


Amplía la Nómina de Apertura


Fecha de suscripción


2 - Julio - 1987


Fecha de depósito





Cláusulas de vigencia


Artículo 3°.- El presente Protocolo rige a partir de la fecha de su suscripción.


Disposiciones de internalización


Bolivia: No requiere.
Uruguay: Decreto N° 68/990 del 14/02/90 y Nota N° 265/87 del 16/07/87 (SEC/di 113.8 y CR/di 96.11).