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ALADI > Acuerdos Actuales


AAP.CE 2 - 20. Vigésimo Protocolo Adicional

Nota Secretaría General
Rigió hasta el 31 de diciembre de 1995 (Artículo 8°).



Síntesis


Establece cupo para 1995 y adopta requisitos de origen para vehículos; establece libre comercio de autopartes.


Fecha de suscripción


1 - Setiembre - 1995


Fecha de depósito


1 - Setiembre - 1995


Cláusulas de vigencia


Artículo 8º.- El presente Protocolo rige a partir del 1º de enero de 1995 y hasta el 31 de diciembre de 1995.


Disposiciones de internalización


BRASIL: Decreto N° 1.725 del 04/12/1995 (SEC/di 719)
URUGUAY: Decreto N° 663 del 27/11/1985 (SEC/di 202)



Entrada en vigor


1/01/1995



ALADI
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