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ALADI > Acuerdos Actuales


AAP.PC 7 - Tercer Protocolo Adicional



Síntesis


Aprueba la “Ficha de Emergencia para el transporte por carretera de mercancías peligrosas en el MERCOSUR”


Fecha de suscripción


15 - Junio - 2022


Fecha de depósito


15 - Junio - 2022


Cláusulas de vigencia


Artículo 4º.- El presente Protocolo entrará en vigor 30 días después de la notificación de la Secretaría General de la ALADI a los países signatarios de que recibió la comunicación de la Secretaría del MERCOSUR, informando la incorporación de la norma MERCOSUR y de su correspondiente Protocolo Adicional a los ordenamientos jurídicos de los cuatro Estados Partes del MERCOSUR.

La Secretaría General de la ALADI deberá efectuar dicha notificación, en lo posible, el mismo día de recibida la comunicación de la Secretaría del MERCOSUR.



Disposiciones de internalización


ARGENTINA: No se cuenta con información
BRASIL: No se cuenta con información
PARAGUAY: No se cuenta con información
URUGUAY: No se cuenta con información



Entrada en vigor


Aún no entró en vigor


ACUERDO DE ALCANCE PARCIAL PARA LA FACILITACION
DEL TRANSPORTE DE MERCANCIAS PELIGROSAS
(AAP.PC/7)

Tercer Protocolo Adicional


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