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ALADI > Acuerdos Actuales


AR.AM 1 - Décimo Protocolo Adicional



Síntesis


Se elimina el cupo fijado por el Gobierno del Uruguay para la importación del producto denominado “Alcohol etílico sin desnaturalizar, de graduación igual o superior a 80°” (ítem 22.08.0.01 de la NALADI), originario de la República de Bolivia


Fecha de suscripción


7 - Mayo - 1991


Fecha de depósito





Cláusulas de vigencia


S/número de artículo: El presente Protocolo rige a partir de la fecha de su suscripción.


Disposiciones de internalización


Bolivia: No requiere.
Uruguay: No se cuenta con información.









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