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ALADI > Acuerdos Actuales


AAP.CE 18 - 91.Nonagésimo Primer Protocolo Adicional



Síntesis


Protocolización de la Directiva Nº 05/11 de la Comisión de Comercio del MERCOSUR relativa a “Regímenes Especiales de Importación”,


Fecha de suscripción


12 - Octubre - 2011


Fecha de depósito


12 - Octubre - 2011


Cláusulas de vigencia


Artículo 2º - El presente Protocolo entrará en vigor 30 días después de la notificación de la Secretaría General de la ALADI a los países signatarios de que recibió la comunicación de la Secretaría del MERCOSUR, informando la incorporación de la norma MERCOSUR y de su correspondiente Protocolo Adicional a los ordenamientos jurídicos de los cuatro Estados Partes del MERCOSUR.

La Secretaría General de la ALADI deberá efectuar dicha notificación, en lo posible, el mismo día de recibida la comunicación de la Secretaría del MERCOSUR.



Disposiciones de internalización


Argentina: No se cuenta con información.
Brasil: No se cuenta con información.
Paraguay: No se cuenta con información.
Uruguay: No se cuenta con información.



Entrada en vigor


No entró en vigor.




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