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AAP.A14TM 6 - Primer Protocolo de Adhesión



Síntesis


Adhesión del Uruguay.


Fecha de suscripción


15 - Julio - 1994


Fecha de depósito


15 - Julio - 1994


Cláusulas de vigencia


Artículo 4º.- En virtud de lo dispuesto en el Artículo 9º del referido Acuerdo, el presente Protocolo entrará en vigor treinta días después de su depósito en la Secretaría General de la Asociación.


Disposiciones de internalización


ARGENTINA: Decreto N° 415 de 18/03/1991 (CR/di 274)
BRASIL: Decreto N° 1.478 de 02/05/1995 (SEC/di 490.1)
URUGUAY: Decreto N° 663 de 27/11/1985 (SEC/di 202)